1550533

Número de referencia
RF663970
Titulo edicto
1550533
Texto del edicto
REPÚBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y
COMPETENCIAS MULTIPLES DE CUCUTA
AVISA AL PÚBLICO:
AVISO DE REMATE
™Que mediante auto de fecha Veintiséis (26) de agosto del dos mil Veinticuatro (2024) dentro del Proceso EJECUTIVO radicado bajo el No. 54-001-41-89-001- 2020-00128-00 promovido por el señor ALFONSO PEÑA SARMIENTO., a través de apoderado judicial en contra de GUILLERMO ANTONIO DAVILA VELAZCO, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.469.060, GUSTAVO DAVILA VELAZCO, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.466.771, y OLGA DAVILA VELAZCO, identificada con cédula de ciudadanía No. 27.579.620, se ha señalado la hora de las Ocho y Treinta de la mañana (8:30 am) del día Catorce (14) del mes de Noviembre del año Dos Mil Veinticuatro (2024) para efectos de llevar a cabo la diligencia de REMATE del bien Inmueble identificado con matricula inmobiliaria No. 260-183976, el cual se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado.
El bien Inmueble que se encuentra a cargo de la Secuestre, ubicado en la calle 14 No 7-17 interior 4 Conjunto Residencial Viejo Samán Barrio San Luis.
Valor Total Del Avaluó: CINCUENTA Y CINCO MILLONES TREINTA Y OCHO MIL PESOS ($55.038.000, oo)
Número de Proceso: 54-001-41-89-001-2020-00128-00
Nombre de la Cuenta: Juzgado Primero de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Cúcuta
Número de Cuenta del Juzgado: 54-001-205-1901
Secuestre: María Consuelo Cruz
Dirección y Teléfono Secuestre: en la Avenida 4 No 7-47 centro de Cúcuta, Teléfono: 3143183528
La licitación comenzara a la hora señalada y se cerrara después de transcurrida una (1) hora; Advirtiéndose que será postura admisible la que cubre el 70% del valor total del avaluó previa consignación del 40% del valor total del mismo, en la sección de depósitos judiciales del Banco Agrario de Colombia a órdenes de este despacho judicial de conformidad con los artículos 448 y 451 del C. G del P.
Se le hace saber al rematante que de conformidad con lo normado en el Artículo 7 de la Ley 11 de 1987, deberá consignar a órdenes de la dirección Nacional del tesoro el valor correspondiente al 5% del valor final de la licitación dentro de los cinco (5) días siguientes a la verificación de la misma y dentro del referido termino el excedente del valor del remate, so pena de declarar improbado el remate.
En cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 450 del código General del Proceso, se entregaran sendas copias del presente edicto a la parte actora para su publicación por una sola vez el día domingo con antelación no inferior a Diez (10) días a la fecha para el remate en un periódico de amplia circulación de la localidad.
San José de Cúcuta, Nueve (20) de Octubre de Dos Mil Veinticuatro (2024)
CAROLINA SERRANO BUENDIA
JUEZ
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