Número de referencia
RF134235
Titulo edicto
1552856
Texto del edicto
EJECUTIVO H. 2018-00956 AUTO Y AVISO DE REMATE
DTE:ROQUE ANTONIO RUEDA PEREZ
DDO: JESUS EMIRO SILVA TARAZONA
JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL-ORALIDAD
Distrito Judicial de Cúcuta
Ocaña, Siete de febrero de dos mil veinticinco.-
™Atendiendo la solicitud elevada por la parte demandante y teniendo en cuenta que el avalúo realizado al inmueble materia de remate se encuentra en firme, y por ser ello procedente de conformidad con lo previsto en el numeral 448 del CGP, se dispone fijar fecha para llevar a cabo la subasta pública. En aplicación a lo normado en los artículo 42 y 132 del CGP, se procede a ejercer el correspondiente control de legalidad a efecto de sanear los eventuales vicios que podrían acarrear nulidades dentro de esta ejecución, de lo cual se observa que el proceso se ha situado bajo el amparo de las leyes sustanciales y procesales aplicables al caso y que se cumplen las exigencias previstas en el art. 448 del CGP, para adelantar el remate del bien inmueble materia de medida cautelar, toda vez que el mismo se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado, no se encuentra pendiente la resolución de ninguno de los trámites a que hace referencia el inciso 2 de la misma norma y se encuentran aprobadas las liquidaciones de crédito y costas.
Se advierte que la diligencia de remate se llevará a cabo bajo los parámetros establecidos en el CGP, y el protocolo adoptado para su realización a través de medios virtuales, en aplicación a lo dispuesto por el Decreto Legislativo 806 de 2020, los Acuerdos PCSJA20-11517, PCSJA20-11518, PCSJA20-11519, PCSJA20-11521, PCSJA20-11526, PCSJA20-11527, PCSJA20-11528, PCSJA20- 11529, PCSJA20-11532, PCSJA20-11546, PCSJA20-11546, PCSJA20-11556, PCSJA20-11567, PCSJA20-11581, PCSJA20-11614, PCSJA20-11622, PCSJA20- 11623 y PCSJA20-11629 del Consejo Superior de la Judicatura, y los Acuerdos CSJNS20-152, CSJNS20-153, CSJNS20-154, CSJNS20-155, CSJNS20-162, CSJNS20-172, CSJNS20-180 y CSJNS20-218 del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca. (AVISO 3: Circular Protocolo para la Realización de Audiencias de Remate).
En consecuencia, señálese la hora de las tres de la tarde del 19 de marzo de 2025 para llevar a cabo la diligencia virtual de remate a través del link: ¡Error! Referencia de hipervínculo no válida. mediante la plataforma de videoconferencia LIFESIZE (AVISO 4: Guía Para Conexiones Virtuales Exitosas en Diligencias de Remate), del bien inmueble propiedad de JESUS EMIRO SILVA TARAZONA, ubicado en la CALLE 10 28D 04 BARRIO EL CARMEN con M. I. 270-22428, cuyos linderos se encuentran determinados en la escritura pública 707 DEL 7 DE JUNIO DE 2017 de la NOTARIA SEGUNDA DE OCAÑA.
El bien inmueble a rematar fue avaluado en la suma de TRESCIENTOS CATORCE MILLONES CINCUENTA Y OCHO MIL PESOS ($314.058.000.oo), y será postura admisible la que cubra por lo menos el SETENTA por ciento (70%) del avalúo, previa consignación del 40% del total del avalúo para hacer postura. Los postores, incluido el ejecutante, deberán enviar sus ofertas y el depósito previsto, al correo electrónico institucional j02cmpaloca@ cendoj.ramajudicial .gov.co (AVISO 5: Preparación de Archivo PDF para Remates) en la forma y términos establecidos en el mencionado protocolo (AVISO 6: Presentación de Posturas de Remate).
Así mismo se informa que actuó como auxiliar de la justicia el señor JUAN CARLOS SANJUAN LOPEZ, identificado con C.C. No. 88.279.257, quien puede ser ubicado en la carrera 10 # 12-51 Barrio Carretera Central, al lado de la puerta falsa del SENA, celular # 3163596562, E-mail: jucarsanlop@ yahoo.es; jucarsanlop @88gmail.com.
Para la aprobación del remate el licitante favorecido deberá consignar, por concepto de impuestos el 5% del valor del mismo a órdenes del Fondo para la Modernización, descongestión y Bienestar de la Administración de Justicia-Consejo Superior de la Judicatura, en la cuenta No.13477-30820- 000635-8, dando cumplimiento a lo normado en el artículo 12 de la ley 1743 del 26 de diciembre de 2014, que modifico el art 7 de la ley 11 de 1987.
El presente auto será publicado en la sección de “Remates” en el micrositio web correspondiente a este Despacho Judicial en la página de la Rama Judicial (https://www.ramajudicial.gov.co /web/juzgado-02-civil- municipal-de-Ocaña), y se agendará la diligencia en la sección de “Cronograma de Audiencias”, para acceso y consulta de los interesados.
Así mismo ADVIERTASE a la parte demandante que este AUTO-AVISO se publicará de igual forma, en el diario La Opinión, un día domingo de conformidad con el art. 450 del CGP. Y deberá cumplirse con la carga de aportar la constancia de publicación o copia del periódico, así como el certificado de tradición y libertad del inmueble, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate, antes de la apertura de la licitación.
De conformidad con lo previsto en el art. 451 y 452 del C G P, se les avisa a los interesados que pueden hacer sus posturas dentro de los 5 días anteriores a la celebración de la respectiva diligencia, y dentro de la hora siguiente al inicio de la misma.
De otra parte, para hacer postura, el interesado deberá tener en cuenta las siguientes pautas:
CONTENIDO DE LA POSTURA:
Todas las posturas de remate presentadas deberán contener la siguiente información:
* Bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura. * Cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura. * Tratándose de persona natural se deberá indicar nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél.
ANEXOS DE LA POSTURA:
Toda postura de remate deberá ser acompañada de los siguientes documentos: * Copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días. * Copia del poder y documento de identidad del apoderado, cuando se pretenda hacer postura por intermedio de uno. * Copia del depósito judicial para hacer postura, equivalente al 40% del avalúo del inmueble por el que se presenta postura, de conformidad a lo indicado en el Artículo451 del Código General del Proceso, salvo que se trate de postor por cuenta de su crédito. * Tratándose de persona jurídica se deberá expresar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este.
MODALIDAD DE PRESENTACIÓN DE LA POSTURA:
La presentación de posturas para diligencias de remate que tengan lugar en este Despacho Judicial, deberá enviarse de forma exclusiva a través de mensaje de datos a través del siguiente correo electrónico.
En la postura se deberá informar el número telefónico de contacto y/o cuentas de correo electrónico alternativas con el propósito de verificar la información relativa a la oferta. Se advierte que sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los Artículos 451 y 452 del Código General del Proceso.
ASUNTO:
El mensaje de datos con fines de postura que sea remitido vía correo electrónico deberá indicar en el asunto el número del radicado del proceso (23 dígitos).
ANEXO:
A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta como “un sobre cerrado” bajo los parámetros del Artículo 452 del Código General del Proceso, la postura electrónica y todos sus anexos, deberán adjuntarse al mensaje de correo en un único archivo PDF protegido con contraseña, archivo que deberá denominarse “OFERTA”. La contraseña para abrir el documento, se le solicitará al postor durante el desarrollo de la diligencia de re
DTE:ROQUE ANTONIO RUEDA PEREZ
DDO: JESUS EMIRO SILVA TARAZONA
JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL-ORALIDAD
Distrito Judicial de Cúcuta
Ocaña, Siete de febrero de dos mil veinticinco.-
™Atendiendo la solicitud elevada por la parte demandante y teniendo en cuenta que el avalúo realizado al inmueble materia de remate se encuentra en firme, y por ser ello procedente de conformidad con lo previsto en el numeral 448 del CGP, se dispone fijar fecha para llevar a cabo la subasta pública. En aplicación a lo normado en los artículo 42 y 132 del CGP, se procede a ejercer el correspondiente control de legalidad a efecto de sanear los eventuales vicios que podrían acarrear nulidades dentro de esta ejecución, de lo cual se observa que el proceso se ha situado bajo el amparo de las leyes sustanciales y procesales aplicables al caso y que se cumplen las exigencias previstas en el art. 448 del CGP, para adelantar el remate del bien inmueble materia de medida cautelar, toda vez que el mismo se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado, no se encuentra pendiente la resolución de ninguno de los trámites a que hace referencia el inciso 2 de la misma norma y se encuentran aprobadas las liquidaciones de crédito y costas.
Se advierte que la diligencia de remate se llevará a cabo bajo los parámetros establecidos en el CGP, y el protocolo adoptado para su realización a través de medios virtuales, en aplicación a lo dispuesto por el Decreto Legislativo 806 de 2020, los Acuerdos PCSJA20-11517, PCSJA20-11518, PCSJA20-11519, PCSJA20-11521, PCSJA20-11526, PCSJA20-11527, PCSJA20-11528, PCSJA20- 11529, PCSJA20-11532, PCSJA20-11546, PCSJA20-11546, PCSJA20-11556, PCSJA20-11567, PCSJA20-11581, PCSJA20-11614, PCSJA20-11622, PCSJA20- 11623 y PCSJA20-11629 del Consejo Superior de la Judicatura, y los Acuerdos CSJNS20-152, CSJNS20-153, CSJNS20-154, CSJNS20-155, CSJNS20-162, CSJNS20-172, CSJNS20-180 y CSJNS20-218 del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca. (AVISO 3: Circular Protocolo para la Realización de Audiencias de Remate).
En consecuencia, señálese la hora de las tres de la tarde del 19 de marzo de 2025 para llevar a cabo la diligencia virtual de remate a través del link: ¡Error! Referencia de hipervínculo no válida. mediante la plataforma de videoconferencia LIFESIZE (AVISO 4: Guía Para Conexiones Virtuales Exitosas en Diligencias de Remate), del bien inmueble propiedad de JESUS EMIRO SILVA TARAZONA, ubicado en la CALLE 10 28D 04 BARRIO EL CARMEN con M. I. 270-22428, cuyos linderos se encuentran determinados en la escritura pública 707 DEL 7 DE JUNIO DE 2017 de la NOTARIA SEGUNDA DE OCAÑA.
El bien inmueble a rematar fue avaluado en la suma de TRESCIENTOS CATORCE MILLONES CINCUENTA Y OCHO MIL PESOS ($314.058.000.oo), y será postura admisible la que cubra por lo menos el SETENTA por ciento (70%) del avalúo, previa consignación del 40% del total del avalúo para hacer postura. Los postores, incluido el ejecutante, deberán enviar sus ofertas y el depósito previsto, al correo electrónico institucional j02cmpaloca@ cendoj.ramajudicial .gov.co (AVISO 5: Preparación de Archivo PDF para Remates) en la forma y términos establecidos en el mencionado protocolo (AVISO 6: Presentación de Posturas de Remate).
Así mismo se informa que actuó como auxiliar de la justicia el señor JUAN CARLOS SANJUAN LOPEZ, identificado con C.C. No. 88.279.257, quien puede ser ubicado en la carrera 10 # 12-51 Barrio Carretera Central, al lado de la puerta falsa del SENA, celular # 3163596562, E-mail: jucarsanlop@ yahoo.es; jucarsanlop @88gmail.com.
Para la aprobación del remate el licitante favorecido deberá consignar, por concepto de impuestos el 5% del valor del mismo a órdenes del Fondo para la Modernización, descongestión y Bienestar de la Administración de Justicia-Consejo Superior de la Judicatura, en la cuenta No.13477-30820- 000635-8, dando cumplimiento a lo normado en el artículo 12 de la ley 1743 del 26 de diciembre de 2014, que modifico el art 7 de la ley 11 de 1987.
El presente auto será publicado en la sección de “Remates” en el micrositio web correspondiente a este Despacho Judicial en la página de la Rama Judicial (https://www.ramajudicial.gov.co /web/juzgado-02-civil- municipal-de-Ocaña), y se agendará la diligencia en la sección de “Cronograma de Audiencias”, para acceso y consulta de los interesados.
Así mismo ADVIERTASE a la parte demandante que este AUTO-AVISO se publicará de igual forma, en el diario La Opinión, un día domingo de conformidad con el art. 450 del CGP. Y deberá cumplirse con la carga de aportar la constancia de publicación o copia del periódico, así como el certificado de tradición y libertad del inmueble, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate, antes de la apertura de la licitación.
De conformidad con lo previsto en el art. 451 y 452 del C G P, se les avisa a los interesados que pueden hacer sus posturas dentro de los 5 días anteriores a la celebración de la respectiva diligencia, y dentro de la hora siguiente al inicio de la misma.
De otra parte, para hacer postura, el interesado deberá tener en cuenta las siguientes pautas:
CONTENIDO DE LA POSTURA:
Todas las posturas de remate presentadas deberán contener la siguiente información:
* Bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura. * Cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura. * Tratándose de persona natural se deberá indicar nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél.
ANEXOS DE LA POSTURA:
Toda postura de remate deberá ser acompañada de los siguientes documentos: * Copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días. * Copia del poder y documento de identidad del apoderado, cuando se pretenda hacer postura por intermedio de uno. * Copia del depósito judicial para hacer postura, equivalente al 40% del avalúo del inmueble por el que se presenta postura, de conformidad a lo indicado en el Artículo451 del Código General del Proceso, salvo que se trate de postor por cuenta de su crédito. * Tratándose de persona jurídica se deberá expresar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este.
MODALIDAD DE PRESENTACIÓN DE LA POSTURA:
La presentación de posturas para diligencias de remate que tengan lugar en este Despacho Judicial, deberá enviarse de forma exclusiva a través de mensaje de datos a través del siguiente correo electrónico.
En la postura se deberá informar el número telefónico de contacto y/o cuentas de correo electrónico alternativas con el propósito de verificar la información relativa a la oferta. Se advierte que sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los Artículos 451 y 452 del Código General del Proceso.
ASUNTO:
El mensaje de datos con fines de postura que sea remitido vía correo electrónico deberá indicar en el asunto el número del radicado del proceso (23 dígitos).
ANEXO:
A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta como “un sobre cerrado” bajo los parámetros del Artículo 452 del Código General del Proceso, la postura electrónica y todos sus anexos, deberán adjuntarse al mensaje de correo en un único archivo PDF protegido con contraseña, archivo que deberá denominarse “OFERTA”. La contraseña para abrir el documento, se le solicitará al postor durante el desarrollo de la diligencia de re
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