Número de referencia
RF294489
Titulo edicto
1553499
Texto del edicto
AVISO
REPÚBLICA DE COLOMBIA.
JUZGADO DOCE CIVIL MUNICIPAL
DE CUCUTA
PALACIO DE JUSTICIA - 3° Piso Cúcuta
Jcivmcu12@cendoj. ramajudicial.gov.co
™Mediante el presente aviso JAVIER ANTONIO RIVERA RIVERA, informa que en auto de fecha 13 de diciembre de 2019, se dio apertura a la liquidación patrimonial; y en auto del 19 de enero de 2024, me designan como LIQUIDADOR, de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 27, 29 y ss. de la Ley 2445 de 2025 que modifica el título IV de la Ley 1564 de 2.012, procedimiento de insolvencia de persona natural no comerciante y de la pequeña comerciante
REFERENCIA: LIQUIDACION PATRIMONIAL -INSOLVENCIA DE PERSONA NATURAL NO COMERCIANTE Y DE LA PEQUEÑACOMERCIANTE
RADICADO: 54001 4003 008 2019 01085 00
DEUDOR: LEIDY CAROLINA SANCHEZ SANCHEZ
C.C.1.090.375.978
ACREEDORES: VARIOS-(GOBERNACION DE NORTE DE SANTANDER; MAF COLOMBIA S.A.S.; BANCO DE BOGOTA; SCOTIABANK COLPATRIA; BANCO DAVIVIENDA;BANCO DE OCCIDENTE.)
Conforme lo establece el artículo 30 de la Ley 2445 de 2025 que modifica el artículo 564 de la Ley 1564 de 2012, se convoca a los acreedores del deudor, a fin de que se hagan parte dentro del proceso en el orden prestablecido en el artículo 2488 ss del C.C
Señalar lo rezado en el artículo 30 de la Ley 2445 de 2025 que modifica el artículo 564 de la Ley 1564 de 2012 ‘La prevención a todos los deudores del concursado de obligaciones anteriores a la fecha de apertura de la liquidación patrimonial para que solo paguen al liquidador advirtiéndoles de la ineficacia de todo pago hecho a persona distinta...‘
Parágrafo: El requisito de publicación de la providencia de apertura se entenderá cumplidacon la inscripción de la providencia en el Registro Nacional de Personas emplazadas.
Dirección del LIQUIDADOR, Avenida Gran Colombia N° 3E-82 B/Popular de Cúcuta; E- mail: javierriveraabogado @hotmail.com Celular:3157918959
JAVIER ANTONIO RIVERA RIVERA
LIQUIDADOR
REPÚBLICA DE COLOMBIA.
JUZGADO DOCE CIVIL MUNICIPAL
DE CUCUTA
PALACIO DE JUSTICIA - 3° Piso Cúcuta
Jcivmcu12@cendoj. ramajudicial.gov.co
™Mediante el presente aviso JAVIER ANTONIO RIVERA RIVERA, informa que en auto de fecha 13 de diciembre de 2019, se dio apertura a la liquidación patrimonial; y en auto del 19 de enero de 2024, me designan como LIQUIDADOR, de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 27, 29 y ss. de la Ley 2445 de 2025 que modifica el título IV de la Ley 1564 de 2.012, procedimiento de insolvencia de persona natural no comerciante y de la pequeña comerciante
REFERENCIA: LIQUIDACION PATRIMONIAL -INSOLVENCIA DE PERSONA NATURAL NO COMERCIANTE Y DE LA PEQUEÑACOMERCIANTE
RADICADO: 54001 4003 008 2019 01085 00
DEUDOR: LEIDY CAROLINA SANCHEZ SANCHEZ
C.C.1.090.375.978
ACREEDORES: VARIOS-(GOBERNACION DE NORTE DE SANTANDER; MAF COLOMBIA S.A.S.; BANCO DE BOGOTA; SCOTIABANK COLPATRIA; BANCO DAVIVIENDA;BANCO DE OCCIDENTE.)
Conforme lo establece el artículo 30 de la Ley 2445 de 2025 que modifica el artículo 564 de la Ley 1564 de 2012, se convoca a los acreedores del deudor, a fin de que se hagan parte dentro del proceso en el orden prestablecido en el artículo 2488 ss del C.C
Señalar lo rezado en el artículo 30 de la Ley 2445 de 2025 que modifica el artículo 564 de la Ley 1564 de 2012 ‘La prevención a todos los deudores del concursado de obligaciones anteriores a la fecha de apertura de la liquidación patrimonial para que solo paguen al liquidador advirtiéndoles de la ineficacia de todo pago hecho a persona distinta...‘
Parágrafo: El requisito de publicación de la providencia de apertura se entenderá cumplidacon la inscripción de la providencia en el Registro Nacional de Personas emplazadas.
Dirección del LIQUIDADOR, Avenida Gran Colombia N° 3E-82 B/Popular de Cúcuta; E- mail: javierriveraabogado @hotmail.com Celular:3157918959
JAVIER ANTONIO RIVERA RIVERA
LIQUIDADOR
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