1553503

Número de referencia
RF199585
Titulo edicto
1553503
Texto del edicto
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE CÚCUTA
INFORMA
™A todas las personas que tengan derechos legítimos relacionados con el predio que se describirá, los acreedores con garantía real y otros acreedores de obligaciones relacionadas con dicho predio, así como las personas que se consideren afectadas por la suspensión de procesos y procedimientos administrativos, con el fin de que comparezcan al proceso y hagan valer sus derechos, dentro del término de quince (15) días hábiles siguientes a la última publicación que se realice de este edicto en el diario de amplia circulación nacional El Espectador o El Tiempo, en un diario de circulación local y en una radiodifusora con alta frecuencia en el municipio de Bucarasica (Norte de Santander), conforme lo normado en el literal E del artículo 86 de la Ley 1448 de 2011; siendo el último día de este lapso el término máximo para contestar la demanda y/o presentar oposiciones en los términos del artículo 88 de la Ley 1448 de 2011.
Se informa que la solicitud de Restitución y Formalización de Tierras Despojadas fue admitida por este Despacho Judicial a través del auto de fecha veintiocho (28) de febrero de dos mil veinticinco (2025), correspondiéndole el radicado 540013121-001-2024-00188-00, tiene por objeto un (1) predio urbano distinguido con la nomenclatura dirección K 1 # 3-32 ubicado en el corregimiento La Curva municipio de Bucarasica departamento Norte de Santander, con un área georreferenciada de 320,7 m 2 , identificado con matrícula inmobiliaria No. 270-5809 y número predial 5410902000000000 10007000000000.
Este mismo aviso será utilizado como Informe de Acumulación Procesal, para los fines de los artículos 95 y 96 de la Ley 1448 de 2011, regulados por el Acuerdo No. PSAA13-9857 del 6 de marzo de 2013 expedido por el Consejo Superior de la Judicatura, poniéndoseles de presente a los jueces, que deberán rendir informe de su proceso en caso de coincidencia y que el incumplimiento a esta orden, los hará incurrir en posible falta gravísima como se desprende de la Ley 1448 de 2011.
Firmado Por:
Ludwin Ricardo Blanco Rincon
Secretario Juzgado De Circuito
Civil 001 Especializado En Restitución De Tierras Cucuta - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación:
20b42cf2fa46cbdf60b 6954ad6cf3002472f4a 9aaad039c6a01f78 bb31491f55
Documento generado en 10/03/2025 05:48:02 PM
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