Número de referencia
RF200506
Titulo edicto
1554068
Texto del edicto
EDICTO
LA NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE OCAÑA
CITA Y EMPLAZA
™A todas las personas que se consideren con el derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en la liquidación de la herencia del causante ALIRIO AUGUSTO BAYONA VILA, identificado con la cédula de ciudadanía número 5.466.738 expedida en Ocaña, Norte de Santander y fallecido en Ocaña, Norte de Santander el 28 de diciembre del año 2.006 siendo la ciudad de Ocaña lugar de su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo mediante acta número 056 de fecha 6 de mayo de 2.025. Se publica copia del presente edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en la emisora de mayor radiodifusión en esta localidad y así mismo se fija copia en un lugar visible de este despacho por el término de diez (10) días hábiles, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del decreto 902 de 1.988
El presente edicto se fija hoy 6 de mayo del año dos mil veinticinco (2.025).
NIDIA CELIS YARURO
NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE OCAÑA
LA NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE OCAÑA
CITA Y EMPLAZA
™A todas las personas que se consideren con el derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en la liquidación de la herencia del causante ALIRIO AUGUSTO BAYONA VILA, identificado con la cédula de ciudadanía número 5.466.738 expedida en Ocaña, Norte de Santander y fallecido en Ocaña, Norte de Santander el 28 de diciembre del año 2.006 siendo la ciudad de Ocaña lugar de su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo mediante acta número 056 de fecha 6 de mayo de 2.025. Se publica copia del presente edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en la emisora de mayor radiodifusión en esta localidad y así mismo se fija copia en un lugar visible de este despacho por el término de diez (10) días hábiles, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del decreto 902 de 1.988
El presente edicto se fija hoy 6 de mayo del año dos mil veinticinco (2.025).
NIDIA CELIS YARURO
NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE OCAÑA
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