1554176

Número de referencia
RF114078
Titulo edicto
1554176
Texto del edicto
Rama Judicial
Consejo Superior de la Judicatura
República de Colombia
REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE LOS PATIOS
™Radicación: 544054003001- 2020-00224-00
Clase de Proceso: EJECUTIVO HIPOTECARIO DE MENOR CUANTÍA
Demandante: BANCO BILBAO VZCAYA ARGENTARIA COLOMBIA S.A.
“BBVA COLOMBIA”
Demandando: ROGER AUGUSTO FERREIRA CUZA y JANETH ASTRID CASTELLANOS ORDUZ
Los Patios, veintiocho (28) de abril de dos mil veinticinco (2025)
En primer lugar y teniendo en cuenta que no se manifestó discusión alguna a la actualización de la liquidación del crédito presentada por la parte actora, por ajustarse a derecho, el Juzgado le imparte aprobación, conforme con lo previsto en el numeral 3 del artículo 446 del Código General del Proceso, de la manera que sigue:
1. Por el pagaré No. M02630011023900 7489600057213, en la suma de $141.607.206,98, la cual incluye capital, intereses de plazo y los moratorios, así como otros conceptos, liquidados hasta ei 04 de marzo de 2025.
2. Por el pagaré No. M026300105187603219602349233, en la suma de $39.199.801.11, la cual incluye capital, intereses de plazo y los moratorios, así como otros conceptos, liquidados hasta el 04 de marzo de 2025.
En atención a la solicitud elevada por el apoderado judicial de la parte demandante y teniendo en cuenta que el avalúo realizado al inmueble materia de remate se encuentra en firme, y por ser ello procedente de conformidad con lo previsto en el numeral 448 del CGP, se dispone fijar fecha para llevar a cabo la subasta pública.
Ha de advertirse, que en aplicación a lo normado en los artículo 42 y 132 Ibidem, se procede a ejercer el correspondiente control de legalidad a efecto de sanear los eventuales vicios que podrían acarrear nulidades dentro de esta ejecución, de lo cual se observa que el proceso se ha situado bajo el amparo de las leyes sustanciales y procesales aplicables al caso y que se cumplen las exigencias previstas en el art. 448 del CGP, para adelantar el remate del bien inmueble materia de medida cautelar, toda vez que el mismo se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado, y no se encuentra pendiente la resolución de ninguno de los trámites a que hace referencia el inciso 2 de la misma norma.
Señalar el día 18 DE JUNIO DE 2025, A LAS TRES DE LA TARDE (03:00P.M), con el fin de llevar a cabo la audiencia de remate del bien inmueble objeto de cautela identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 260-221143 de propiedad del demandado ROGER AUGUSTO FERREIRA CUZA CC 7.602.407 y JANETH ASTRID CASTELLANOS ORDUZ CC 1.093.738.448, ubicado en la MANZANA C AVENIDA 10 CONJUNTO CERRADO VILLA ANSEP LOTE # 63 del MUNICIPIO DE LOS PATIOS N/S., según certificado de Libertad y tradición expedido por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cúcuta N/S,y MZC LO 63 CJ CERRADO VILLA ANSEP del MUNICIPIO DE LOS PATIOS N/S., según certificado catastral expedido por el IGAC. Cuyos linderos y demás especificaciones se encuentran contenidos en la Escritura Pública N° 1450 de fecha 3 de junio de 2010 otorgada en la Notaria Sexta del Circulo de Cúcuta. Con un área de 85.50M2.
EI inmueble se encuentra avaluado en la suma de $202.350.000. La base para hacer postura, será la que cubra el 70% del avalúo dado al bien inmueble, previa consignación del 40% del mismo, en el BANCO AGRARIO DE COLOMBIA-Sucursal Cúcuta, cuenta N° 544052041001- Código del Despacho: 544054003001-; adicionalmente han de tenerse en cuenta los datos citados en el encabezado de la presente providencia, referidos al tipo de proceso, radicado, partes e identificación de las mismas. Lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 448 del CGP, sin menoscabo de lo establecido en el inciso segundo del artículo 451 del mismo estatuto.
Se advierte a quienes pretendan hacer postura que de conformidad con lo ordenado en el artículo 451 del Código General del Proceso, deben presentar sus ofertas en sobre cerrado para adquirir el bien subastado, el cual deberá contener, además de la oferta suscrita por el interesado, el depósito del 40% arriba indicado, cuando fuere necesario.
Anúnciese este acto procesal mediante AVISO que se publicará por una sola vez, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en un periódico de amplia circulación en este lugar (Diario LA Opinión) publicación que deberá realizarse el día domingo, de conformidad con lo establecido en el artículo 450 del C.G.P., allegando además la copia o la constancia de la publicación del aviso, y un certificado de tradición y libertad del inmueble actualizado, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia.
La citada diligencia se realizará de manera presencial, en la sala de audiencias No.2 del nuevo Palacio de justicia de esta municipalidad, el cual se encuentra ubicado en la Avenida 36 N° 0-28 vía Santa Rosa de Lima del Municipio de Los Patios (Norte de Santander). La secuestre del inmueble a rematar es la señora ROSA MARIA CARRILLO GARCIA, quien se ubica en la calle 12 # 4-47 Local 12 Centro Comercial Internacional de la ciudad de Cúcuta N/S. Cel.: 3154729332. Correo electrónico: rosacarrillo747@gmail.com.
El aviso de remate, es copia del presente auto, conforme al Art. 111 del C. G. del P.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
EI Juez,
OMAR MATEUS URIBE
JUZGADO 1 CIVIL MUNICIPAL
LOS PATIOS -NORTE DE
SANTANDER
ANOTACIÓN DE ESTADO
La providencia anterior se notifica por
Anotación en Estado. Hoy,29-04-2025
Román José Medina Rozo
Secretario
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