Número de referencia
RF163735
Titulo edicto
1554284
Texto del edicto
EDICTO
LA NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE OCAÑA
CITA Y EMPLAZA
™A todas las personas que se consideren con el derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en la liquidación de la herencia de los causantes esposos entre si EUFEMIANO RANGEL SEPULVEDA, identificado con la cédula de ciudadanía número 1.976.834 expedida en Ocaña y CELINA RANGEL SEPULVEDA identificada con la cédula de ciudadanía número 37.317.238 expedida en Ocaña y fallecida en Ocaña, Norte de Santander el 11 de enero del año 2.025, siendo la ciudad de Ocaña, lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo mediante acta número 071 de fecha 29 de mayo de 2.025. Se publica copia del presente edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en la emisora de mayor radiodifusión en esta localidad y así mismo se fija copia en un lugar visible de este despacho por el término de diez (10) días hábiles, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del decreto 902 de 1.988.
El presente edicto se fija hoy 29 de mayo del año dos mil veinticinco (2.025)
NIDIA CELIS YARURO
NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE OCAÑA
LA NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE OCAÑA
CITA Y EMPLAZA
™A todas las personas que se consideren con el derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en la liquidación de la herencia de los causantes esposos entre si EUFEMIANO RANGEL SEPULVEDA, identificado con la cédula de ciudadanía número 1.976.834 expedida en Ocaña y CELINA RANGEL SEPULVEDA identificada con la cédula de ciudadanía número 37.317.238 expedida en Ocaña y fallecida en Ocaña, Norte de Santander el 11 de enero del año 2.025, siendo la ciudad de Ocaña, lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo mediante acta número 071 de fecha 29 de mayo de 2.025. Se publica copia del presente edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en la emisora de mayor radiodifusión en esta localidad y así mismo se fija copia en un lugar visible de este despacho por el término de diez (10) días hábiles, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del decreto 902 de 1.988.
El presente edicto se fija hoy 29 de mayo del año dos mil veinticinco (2.025)
NIDIA CELIS YARURO
NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE OCAÑA
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