Número de referencia
RF250223
Titulo edicto
1555205
Texto del edicto
JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE CÚCUTA ORALIDAD
AVISO DE REMATE
El suscrito Secretario del Juzgado Sexto Civil Municipal de Oralidad de Cúcuta, Norte de Santander HACE SABER:
™Que dentro del proceso Ejecutivo Hipotecario radicado al No. 54001-4022-006- 2016-00649-00 seguido actualmente por CREZCAMOS S.A. COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO, con NIT 900.515.759-7 como consecuencia de la fusión realizada entre OPPORTUNITY INTERNACIONAL DE COLOMBIA S.A. y CREZCAMOS
debidamente registrada en la SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
(escritura Pública 2492 del 10 de Diciembre de 2019 de la NOTARÍA 9 DE BUCARAMANGA, y aceptada mediante auto de fecha 2 de marzo de 2020 de conformidad con el con el artículo 68 del Código General del Proceso, actuando por intermedio de su Apoderado judicial, en contra de ENRIQUE ORTEGA VILLABONA identificado con la C.C.13.244.375 , se ha señalado hora de las 9:00
A.M, del día____21________ del mes de AGOSTO DE 2025, para que tenga lugar la práctica de la diligencia de remate del del bien Inmueble distinguido como:
Apartamento 201 que hace parte del Edificio Villabona, ubicado según titulo anterior en la avenida cuarta(4ª) entres calles 7ª y 7 A y según catastro ubicado en la avenida 4ª # 7-41 del Barrio Latino de esta Ciudad, con un área privada de 99,64 metros cuadrados , un coeficiente del 14,99% determinado por los siguientes linderos y medidas: NORTE: En 10,25 metros con predio de Juan Bautista Rangel Espinel; SUR: Lindero irregular de Oriente a Occidente en 5,88 metros , sigue al sur en 2,60 metros con zona común de hall y escaleras al occidente en 1,90 metros , al sur en 1,275 metros , y al occidente en 1,90 metros con muro medianero con Apartamento 202; ORIENTE: En 8,85 metros con predio de Matilde Restrepo Cifuentes y OCCIDENTE: EN 12.675 metros , NADIR: Con PLACA de entrepiso con los locales #1 y 2 zona común de entrada. CENIT: Con placa de entrepiso con el apartamento 301-LINDEROS GENERALES DEL EDIFICIO VILLABONA: NORTE: En 8,45 metros con predio de Juan Bautista Rangel Espinel. SUR: En 6,80 metros con la calle 7 A ; ORIENTE: ; En 22,05 metros con predio de Matilde Restrepo Cifuentes. OCCIDENTE: En 22,05 con la avenida 4ª MATRICULA INMOBILÑIARIA # 260-25498 CEDULA CATASTRAL: 010700350024901 el bien inmueble antes descrito está sometido al régimen de propiedad horizontal. Según el numeral 3º de la escritura de hipoteca No. 6526 del 09-10-2015 de la Notaría Segunda el Círculo de Cúcuta, el gravamen hipotecario comprende el inmueble junto con todas sus anexidades y dependencias y se extiende a todos los aumentos o mejoras que reciba, así como las pensiones e indemnizaciones comprendidas por la hipoteca conforme a la ley. TRADICION: El bien inmueble antes descrito fue adquirido por el deudor ENRIQUE ORTEGA VILLABONA identificado con la C.C. 13.244.375 por adjudicación de sucesión de CUSTODIA VILLABONA DE ORTEGA mediante sentencia de fecha 17 de Agosto de 2006, proferida por el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE CUCUTA, debidamente registrada en la OFICINA DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DE CUCUTA en el folio de
matrícula inmobiliaria # 260-25498 anotación # 13.
El secuestre es el señor RICHARD DOMICIANO ZAMBRANO RINCON, C.C. 5.415.099 expedida en Bochalema, con lugar de notificaciones personales en la siguiente dirección: Calle 7 No. 10-45 barrio el Llano de Cúcuta, teléfono: 316-6959533 correo electrónico: zambranorinconrichard domiciano@gmail.com
Siendo base de la licitación el 70% del valor total del avalúo del bien a rematar (Apartamento 201 que hace parte del Edificio Villabona, ubicado según titulo anterior en la avenida cuarta(4ª) entres calles 7ª y 7 A y según catastro ubicado en la avenida 4ª # 7-41 del Barrio Latino de esta Ciudad) si el postor es un tercero y el 100% del valor total del avalúo si el postor es el acreedor hipotecario, de conformidad con el artículo 468 numeral 5º del Código General del Proceso, el cual es, la suma de CIENTO SESENTA MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA y OCHO MIL QUINIENTOS PESOS MCTE($160.648.500,oo), que corresponde al avalúo catastral incrementado en un 50% del cual se corrió traslado mediante auto de fecha 20 de Noviembre de 2024(ver archivo pdf63), y cuyas observaciones fueron rechazadas mediante auto de fecha 14 de enero de 2025..
Toda persona que pretenda hacer postura deberá consignar previamente el 40% de CIENTO SESENTA MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA y OCHO MIL
QUINIENTOS PESOS MCTE($160.648.500,oo), en el BANCO AGRARIO DE COLOMBIA, Seccional Cúcuta, y podrá hacer postura dentro de los cinco (5) primeros días anteriores al remate (Art. 451 ibídem). Quien hiciere postura en la diligencia, además de pagar el valor del remate, pagará sobre éste un 5% más con destino al Fondo para la modernización, Descongestión, y Bienestar de la Administración de Justicia (Art. 7º de la Ley 11 de 1987, modificado por el artículo 12 de la Ley 1743 de 2014). Sin el lleno de este requisito no se dará aprobación a la diligencia respectiva.
El aviso de remate será publicado en el diario la Opinión, por una sola vez con antelación no inferior a diez días a la fecha señalada para el remate un día domingo; con la copia informal de la página del periódico, deberá allegarse un certificado de tradición y libertad del inmueble actualizado, expedido dentro del mes de anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate. (Art. 450 del Código General del Proceso).
Las posturas del remate deberán ser allegadas al correo institucional del despacho:
jcivmcu6@cendoj. ramajudicial.gov.co
Para los fines indicados en los artículos 450,451 y 452 del C.G. del P. la subasta se desarrollará en forma virtual siguiendo las pautas fijadas en el Protocolo adoptado
mediante la Circular DESAJCUC20-217, que puede consultarse siguiendo el link:
https://www.ramajudicial. gov.co/documents/ 18553039/79008318/ Protocolo+para
+realizar+ Diligencias+de+ Remate.pdf/9046d231- 5afe-4f60-9fc5- c88fcf6588de
La plataforma utilizada será: MICROSOFT TEAMS -AUDIENCIA VIRTUAL,
en el siguiente enlace:
https://teams.microsoft.com/ l/meetupjoin/
19%3ameeting_ZDgy Njg3YzYtZDRiZC00ZmFk LWJkMjgtYTM4ZGE3OTdm YmMz%40thread.v2/0? context=
%7b%22Tid%22% 3a%226 22cba98-80f8- 41f3-8df5- 8eb9990159 8b%22%2c%22 Oid%22%3a%22207ce2c9-
d0d1-4f04-bffd-f60 abec7d5ae%22%7d
Por secretaría inclúyase en el cronograma de audiencias del Juzgado, la diligencia
fijada, así como copia del aviso de remate en la sección
https://publicaciones procesales.ramajudicial. gov.co/juzgado 006 civil
municipal de Cúcuta-Remates.
San José de Cúcuta, 20 de Junio de 2025.
El Secretario,
CESAR DARIO SOTO MELO.
AVISO DE REMATE
El suscrito Secretario del Juzgado Sexto Civil Municipal de Oralidad de Cúcuta, Norte de Santander HACE SABER:
™Que dentro del proceso Ejecutivo Hipotecario radicado al No. 54001-4022-006- 2016-00649-00 seguido actualmente por CREZCAMOS S.A. COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO, con NIT 900.515.759-7 como consecuencia de la fusión realizada entre OPPORTUNITY INTERNACIONAL DE COLOMBIA S.A. y CREZCAMOS
debidamente registrada en la SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
(escritura Pública 2492 del 10 de Diciembre de 2019 de la NOTARÍA 9 DE BUCARAMANGA, y aceptada mediante auto de fecha 2 de marzo de 2020 de conformidad con el con el artículo 68 del Código General del Proceso, actuando por intermedio de su Apoderado judicial, en contra de ENRIQUE ORTEGA VILLABONA identificado con la C.C.13.244.375 , se ha señalado hora de las 9:00
A.M, del día____21________ del mes de AGOSTO DE 2025, para que tenga lugar la práctica de la diligencia de remate del del bien Inmueble distinguido como:
Apartamento 201 que hace parte del Edificio Villabona, ubicado según titulo anterior en la avenida cuarta(4ª) entres calles 7ª y 7 A y según catastro ubicado en la avenida 4ª # 7-41 del Barrio Latino de esta Ciudad, con un área privada de 99,64 metros cuadrados , un coeficiente del 14,99% determinado por los siguientes linderos y medidas: NORTE: En 10,25 metros con predio de Juan Bautista Rangel Espinel; SUR: Lindero irregular de Oriente a Occidente en 5,88 metros , sigue al sur en 2,60 metros con zona común de hall y escaleras al occidente en 1,90 metros , al sur en 1,275 metros , y al occidente en 1,90 metros con muro medianero con Apartamento 202; ORIENTE: En 8,85 metros con predio de Matilde Restrepo Cifuentes y OCCIDENTE: EN 12.675 metros , NADIR: Con PLACA de entrepiso con los locales #1 y 2 zona común de entrada. CENIT: Con placa de entrepiso con el apartamento 301-LINDEROS GENERALES DEL EDIFICIO VILLABONA: NORTE: En 8,45 metros con predio de Juan Bautista Rangel Espinel. SUR: En 6,80 metros con la calle 7 A ; ORIENTE: ; En 22,05 metros con predio de Matilde Restrepo Cifuentes. OCCIDENTE: En 22,05 con la avenida 4ª MATRICULA INMOBILÑIARIA # 260-25498 CEDULA CATASTRAL: 010700350024901 el bien inmueble antes descrito está sometido al régimen de propiedad horizontal. Según el numeral 3º de la escritura de hipoteca No. 6526 del 09-10-2015 de la Notaría Segunda el Círculo de Cúcuta, el gravamen hipotecario comprende el inmueble junto con todas sus anexidades y dependencias y se extiende a todos los aumentos o mejoras que reciba, así como las pensiones e indemnizaciones comprendidas por la hipoteca conforme a la ley. TRADICION: El bien inmueble antes descrito fue adquirido por el deudor ENRIQUE ORTEGA VILLABONA identificado con la C.C. 13.244.375 por adjudicación de sucesión de CUSTODIA VILLABONA DE ORTEGA mediante sentencia de fecha 17 de Agosto de 2006, proferida por el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE CUCUTA, debidamente registrada en la OFICINA DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DE CUCUTA en el folio de
matrícula inmobiliaria # 260-25498 anotación # 13.
El secuestre es el señor RICHARD DOMICIANO ZAMBRANO RINCON, C.C. 5.415.099 expedida en Bochalema, con lugar de notificaciones personales en la siguiente dirección: Calle 7 No. 10-45 barrio el Llano de Cúcuta, teléfono: 316-6959533 correo electrónico: zambranorinconrichard domiciano@gmail.com
Siendo base de la licitación el 70% del valor total del avalúo del bien a rematar (Apartamento 201 que hace parte del Edificio Villabona, ubicado según titulo anterior en la avenida cuarta(4ª) entres calles 7ª y 7 A y según catastro ubicado en la avenida 4ª # 7-41 del Barrio Latino de esta Ciudad) si el postor es un tercero y el 100% del valor total del avalúo si el postor es el acreedor hipotecario, de conformidad con el artículo 468 numeral 5º del Código General del Proceso, el cual es, la suma de CIENTO SESENTA MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA y OCHO MIL QUINIENTOS PESOS MCTE($160.648.500,oo), que corresponde al avalúo catastral incrementado en un 50% del cual se corrió traslado mediante auto de fecha 20 de Noviembre de 2024(ver archivo pdf63), y cuyas observaciones fueron rechazadas mediante auto de fecha 14 de enero de 2025..
Toda persona que pretenda hacer postura deberá consignar previamente el 40% de CIENTO SESENTA MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA y OCHO MIL
QUINIENTOS PESOS MCTE($160.648.500,oo), en el BANCO AGRARIO DE COLOMBIA, Seccional Cúcuta, y podrá hacer postura dentro de los cinco (5) primeros días anteriores al remate (Art. 451 ibídem). Quien hiciere postura en la diligencia, además de pagar el valor del remate, pagará sobre éste un 5% más con destino al Fondo para la modernización, Descongestión, y Bienestar de la Administración de Justicia (Art. 7º de la Ley 11 de 1987, modificado por el artículo 12 de la Ley 1743 de 2014). Sin el lleno de este requisito no se dará aprobación a la diligencia respectiva.
El aviso de remate será publicado en el diario la Opinión, por una sola vez con antelación no inferior a diez días a la fecha señalada para el remate un día domingo; con la copia informal de la página del periódico, deberá allegarse un certificado de tradición y libertad del inmueble actualizado, expedido dentro del mes de anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate. (Art. 450 del Código General del Proceso).
Las posturas del remate deberán ser allegadas al correo institucional del despacho:
jcivmcu6@cendoj. ramajudicial.gov.co
Para los fines indicados en los artículos 450,451 y 452 del C.G. del P. la subasta se desarrollará en forma virtual siguiendo las pautas fijadas en el Protocolo adoptado
mediante la Circular DESAJCUC20-217, que puede consultarse siguiendo el link:
https://www.ramajudicial. gov.co/documents/ 18553039/79008318/ Protocolo+para
+realizar+ Diligencias+de+ Remate.pdf/9046d231- 5afe-4f60-9fc5- c88fcf6588de
La plataforma utilizada será: MICROSOFT TEAMS -AUDIENCIA VIRTUAL,
en el siguiente enlace:
https://teams.microsoft.com/ l/meetupjoin/
19%3ameeting_ZDgy Njg3YzYtZDRiZC00ZmFk LWJkMjgtYTM4ZGE3OTdm YmMz%40thread.v2/0? context=
%7b%22Tid%22% 3a%226 22cba98-80f8- 41f3-8df5- 8eb9990159 8b%22%2c%22 Oid%22%3a%22207ce2c9-
d0d1-4f04-bffd-f60 abec7d5ae%22%7d
Por secretaría inclúyase en el cronograma de audiencias del Juzgado, la diligencia
fijada, así como copia del aviso de remate en la sección
https://publicaciones procesales.ramajudicial. gov.co/juzgado 006 civil
municipal de Cúcuta-Remates.
San José de Cúcuta, 20 de Junio de 2025.
El Secretario,
CESAR DARIO SOTO MELO.
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