1555658

Número de referencia
RF162081
Titulo edicto
1555658
Texto del edicto
AVISO DE REMATE.
™ARTÍCULO 450 CODIGO GENERAL DEL PROCESO. EL JUZGADO DOCE CIVIL MUNICIPAL DE CUCUTA, ubicado en la ciudad de Cúcuta, palacio de justicia, mediante providencia del 06 de junio de 2025, ha señalado el día 18 de Septiembre del 2025 a la hora de las nueve (9:00 a. m.) para llevar a cabo la diligencia de remate del 50% bien inmueble distinguido con la Matricula Inmobiliaria No. 260-177337, el cual se encuentra legalmente embargado, secuestrado y avaluado dentro del proceso ejecutivo radicado bajo el radicado 54001 4003 012 2023 00031 00, propuesto por CONDOMINIO CENTRO COMERCIAL COLON identificado con NIT No. identificado con el NIT. No. 807.003.564- 3, en contra de LUIS ALBERTO SANABRIA VELAZCO Y BRIYIDA CEDIEL MENDEZ, identificados con la Cedulas de Ciudadanía No.13.492.207 y 60.343.031 del inmueble con matricula inmobiliaria 260- 177337, ubicado en LOCAL 102 del EDIDIFICIO CENTRO COMERCIAL COLON con entrada por la calle 12 No. 3-12 del barrio la playa de esta ciudad avaluado en la suma de $ 25.341.000,00. Se advierte que obra como SECUESTRE: Martha Patricia Lobo González identificada con CC 60.492.694, cuyos datos de localización son los siguientes: dirección: Sierra Nevada casa D 23 Bocono - Villa del Rosario, quien será la persona encargada de mostrar el bien objeto de remate. La licitación iniciará a las diez (9:00 A.M.) de la mañana del citado día y no se cerrará sino transcurrida una hora desde su iniciación, será postura admisible la que cubra el valor del 70 % del avalúo, previa consignación del cuarenta por ciento (40 %) en el Banco Agrario de Colombia de la ciudad en la cuenta de depósitos judiciales número N°540012041012 que corresponde a este Despacho Judicial. La oferta se presentará al correo electrónico del despacho, entendido como el jcivmcu12@cendoj. ramajudicial.gov.co, acompañado del recibo de consignación. El anterior aviso se elabora para ser publicado mediante la inclusión en un listado conforme lo previsto en el artículo 450 del C. de P. C., que se publicará por una sola vez en un periódico de amplia circulación en la localidad.
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