Número de referencia
RF166367
Titulo edicto
1555985
Texto del edicto
Departamento Norte de Santander
JUZGADO QUINTO DE FAMILIA EN ORALIDAD
Palacio de Justicia OF. 102 C
Distrito Judicial de Cúcuta
j05fctocuc@cendoj. ramajudicial.gov.co
AVISO DE REMATE
ART.450 C.G.P
™Que mediante auto de fecha 25 de agosto de 2025, se ha señalado la hora de las dos treinta de la tarde (2:30 p.m.) del veintisiete (27) de octubre del año en curso, para llevar a cabo la diligencia de REMATE dentro del proceso Ejecutivo de Alimentos, radicado N°54001316000 520200023900, adelantado por la señora GISELA ORTIZ ORTEGA, a través de apoderado judicial, en contra de WILFRAN LEON ANGARITA.
Vehículo automotor detallado con las siguientes características: Clase de Vehículo: Camión. Tipo Carrocería: Volco. Marca: Chevrolet. Línea: Kodiak-156. Color: Azul Cobalto. Modelo: 1994. Servicio: Público. Placas: FTL 820. Chasis Serial: CM94203212. Motor: 469GM2U0929436. Vehículo de propiedad del señor WILFRAN LEON ANGARITA, identificado con la C.C. N°.1.090.395.573.
El bien a rematar tiene un avalúo comercial aprobado en la suma de DIECINUEVE MILLONES CIENTO DIEZ MIL PESOS M/Cte.($19.110.000,00), expedido el 09 de marzo de 2025.
Será postura admisible la que cubra el 70% del valor total del avalúo, previa consignación del 40% del valor total del mismo, en la sección de depósitos judiciales del Banco agrario de Colombia a órdenes de este Despacho de conformidad con los artículos 448 y 451 del C.G.P Se le hace saber al rematante que de conformidad con lo normado en el artículo 7 de la Ley 11 de 1987, deberá consignar a órdenes de la Dirección Nacional del tesoro el valor correspondiente al 5% del valor final de la licitación dentro de los cinco días siguientes a la verificación de la misma y dentro del referido termino el excedente del valor del remate, so pena de declarar improbado el remate.
Como impuesto sobre remate, el licitante a quien se le adjudique el bien subastado, deberá consignar el 5% sobre el valor final del remate en la Cuenta Corriente 3-0820-000635-8 Convenio Código 13477 ‘Cuenta Tesoro Nacional‘ del Banco Agrario de Colombia, de conformidad con lo dispuesto en artículo 12 de la ley 1743 del 26 de diciembre de 2014 que modificó el Art. 7 de la ley 11-87 y el Art.’5 de la Ley 66 de 1993.
Nombre de la cuenta: JUZGADO QUINTO DE FAMILIA DE CÚCUTA
Número de la Cuenta: 540012033005 BANCO AGRARIO
Número de Proceso: 540013160005- 2020 00-239-00.
ADVERTIR que la precitada diligencia se llevará a cabo utilizando la plataforma Microsoft TEAMS, la cual está vinculada al correo institucional de este Juzgado.
Se ordena a la secretaria realizar el aviso de remate y publicarlo en la sección de ‘Avisos de Remate‘ del micrositio web de este Despacho Judicial, ubicado en la página de la Rama Judicial.
(https://www.ramajudicial. gov.co/web/juzgado- 05-familia-del-circuito- de-cucuta).
Asimismo, se dispondrá la programación de la diligencia en la sección ‘Cronograma de Audiencias‘, con el fin de garantizar su acceso y consulta por parte de los interesados.
El remate será anunciado al público mediante su inclusión en un listado que se publicará una única vez en un periódico de amplia circulación en la localidad, como el diario La Opinión.
Dicha publicación deberá realizarse un domingo, con una antelación no inferior a diez (10) días anteriores a la fecha señalada para el remate. Además, junto con la copia o constancia de dicha publicación, deberá allegarse un certificado de libertad y tradición del vehículo, expedido dentro del mes anterior a la fecha de la diligencia, conforme a lo establecido en el artículo 450 del Código General del Proceso.
El aviso de remate también será incorporado en el micrositio web del Juzgado, en la página de la Rama Judicial, en cumplimiento del protocolo previsto en la Circular DESAJCUC20-217 del 12 de noviembre de 2020 y la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022. Estas disposiciones regulan, conforme al Acuerdo PCSJA21-11840 del 26 de agosto de 2021, la recepción de posturas admisibles para la celebración de la diligencia, las cuales seguirán gestionándose de manera virtual. Dichas disposiciones pueden ser consultadas en el siguiente enlace: Inicio - Publicaciones Procesales (ramajudicial.gov.co).
El licitante favorecido deberá efectuar el pago del cinco por ciento (5%) sobre el valor final del remate a favor del Tesoro Nacional, en concepto de impuestos.
La licitación presencial dará inicio a la hora fijada y no se cerrará sino hasta que haya transcurrido una (01) hora. Las posturas deberán presentarse en un único documento en formato PDF cifrado, cuya clave será revelada exclusivamente durante la audiencia. Dichas posturas deberán remitirse al correo electrónico del Juzgado (j05fctocuc@cendoj. ramajudicial.gov.co), indicando en el asunto el número del proceso (23 dígitos) y los demás datos exigidos en la Circular DESAJCUC20-217 del 12 de noviembre de 2020, confirmada en la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022.
Finalmente, se reitera que, conforme al párrafo del artículo 452 del Código General del Proceso, las posturas deberán cumplir con los principios de transparencia, integridad y autenticidad, y ajustarse al protocolo elaborado por el Consejo Superior de la Judicatura para ser consideradas válidas (Protocolo: Cúcuta-PROTOCOLO- DE-AUDIENCIAS-DE. REMATE.pdf).
Se ADVIERTE que las posturas que no vengan cifradas no se tendrán en cuenta, así como tampoco aquellos que no cumplan íntegramente las exigencias previstas en el Código General del Proceso, y en las precitadas Circulares.
Los postores y demás interesados en participar deberán solicitar el enlace al correo electrónico del juzgado (j05fctocuc@cendoj. ramajudicial.gov.co), identificando plenamente el número de radicado del proceso.
San José de Cúcuta, 08 de septiembre de 2025.
Original firmado por
CARMEN ELENA SALCEDO HERRERA
SECRETARIA
JUZGADO QUINTO DE FAMILIA EN ORALIDAD
Palacio de Justicia OF. 102 C
Distrito Judicial de Cúcuta
j05fctocuc@cendoj. ramajudicial.gov.co
AVISO DE REMATE
ART.450 C.G.P
™Que mediante auto de fecha 25 de agosto de 2025, se ha señalado la hora de las dos treinta de la tarde (2:30 p.m.) del veintisiete (27) de octubre del año en curso, para llevar a cabo la diligencia de REMATE dentro del proceso Ejecutivo de Alimentos, radicado N°54001316000 520200023900, adelantado por la señora GISELA ORTIZ ORTEGA, a través de apoderado judicial, en contra de WILFRAN LEON ANGARITA.
Vehículo automotor detallado con las siguientes características: Clase de Vehículo: Camión. Tipo Carrocería: Volco. Marca: Chevrolet. Línea: Kodiak-156. Color: Azul Cobalto. Modelo: 1994. Servicio: Público. Placas: FTL 820. Chasis Serial: CM94203212. Motor: 469GM2U0929436. Vehículo de propiedad del señor WILFRAN LEON ANGARITA, identificado con la C.C. N°.1.090.395.573.
El bien a rematar tiene un avalúo comercial aprobado en la suma de DIECINUEVE MILLONES CIENTO DIEZ MIL PESOS M/Cte.($19.110.000,00), expedido el 09 de marzo de 2025.
Será postura admisible la que cubra el 70% del valor total del avalúo, previa consignación del 40% del valor total del mismo, en la sección de depósitos judiciales del Banco agrario de Colombia a órdenes de este Despacho de conformidad con los artículos 448 y 451 del C.G.P Se le hace saber al rematante que de conformidad con lo normado en el artículo 7 de la Ley 11 de 1987, deberá consignar a órdenes de la Dirección Nacional del tesoro el valor correspondiente al 5% del valor final de la licitación dentro de los cinco días siguientes a la verificación de la misma y dentro del referido termino el excedente del valor del remate, so pena de declarar improbado el remate.
Como impuesto sobre remate, el licitante a quien se le adjudique el bien subastado, deberá consignar el 5% sobre el valor final del remate en la Cuenta Corriente 3-0820-000635-8 Convenio Código 13477 ‘Cuenta Tesoro Nacional‘ del Banco Agrario de Colombia, de conformidad con lo dispuesto en artículo 12 de la ley 1743 del 26 de diciembre de 2014 que modificó el Art. 7 de la ley 11-87 y el Art.’5 de la Ley 66 de 1993.
Nombre de la cuenta: JUZGADO QUINTO DE FAMILIA DE CÚCUTA
Número de la Cuenta: 540012033005 BANCO AGRARIO
Número de Proceso: 540013160005- 2020 00-239-00.
ADVERTIR que la precitada diligencia se llevará a cabo utilizando la plataforma Microsoft TEAMS, la cual está vinculada al correo institucional de este Juzgado.
Se ordena a la secretaria realizar el aviso de remate y publicarlo en la sección de ‘Avisos de Remate‘ del micrositio web de este Despacho Judicial, ubicado en la página de la Rama Judicial.
(https://www.ramajudicial. gov.co/web/juzgado- 05-familia-del-circuito- de-cucuta).
Asimismo, se dispondrá la programación de la diligencia en la sección ‘Cronograma de Audiencias‘, con el fin de garantizar su acceso y consulta por parte de los interesados.
El remate será anunciado al público mediante su inclusión en un listado que se publicará una única vez en un periódico de amplia circulación en la localidad, como el diario La Opinión.
Dicha publicación deberá realizarse un domingo, con una antelación no inferior a diez (10) días anteriores a la fecha señalada para el remate. Además, junto con la copia o constancia de dicha publicación, deberá allegarse un certificado de libertad y tradición del vehículo, expedido dentro del mes anterior a la fecha de la diligencia, conforme a lo establecido en el artículo 450 del Código General del Proceso.
El aviso de remate también será incorporado en el micrositio web del Juzgado, en la página de la Rama Judicial, en cumplimiento del protocolo previsto en la Circular DESAJCUC20-217 del 12 de noviembre de 2020 y la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022. Estas disposiciones regulan, conforme al Acuerdo PCSJA21-11840 del 26 de agosto de 2021, la recepción de posturas admisibles para la celebración de la diligencia, las cuales seguirán gestionándose de manera virtual. Dichas disposiciones pueden ser consultadas en el siguiente enlace: Inicio - Publicaciones Procesales (ramajudicial.gov.co).
El licitante favorecido deberá efectuar el pago del cinco por ciento (5%) sobre el valor final del remate a favor del Tesoro Nacional, en concepto de impuestos.
La licitación presencial dará inicio a la hora fijada y no se cerrará sino hasta que haya transcurrido una (01) hora. Las posturas deberán presentarse en un único documento en formato PDF cifrado, cuya clave será revelada exclusivamente durante la audiencia. Dichas posturas deberán remitirse al correo electrónico del Juzgado (j05fctocuc@cendoj. ramajudicial.gov.co), indicando en el asunto el número del proceso (23 dígitos) y los demás datos exigidos en la Circular DESAJCUC20-217 del 12 de noviembre de 2020, confirmada en la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022.
Finalmente, se reitera que, conforme al párrafo del artículo 452 del Código General del Proceso, las posturas deberán cumplir con los principios de transparencia, integridad y autenticidad, y ajustarse al protocolo elaborado por el Consejo Superior de la Judicatura para ser consideradas válidas (Protocolo: Cúcuta-PROTOCOLO- DE-AUDIENCIAS-DE. REMATE.pdf).
Se ADVIERTE que las posturas que no vengan cifradas no se tendrán en cuenta, así como tampoco aquellos que no cumplan íntegramente las exigencias previstas en el Código General del Proceso, y en las precitadas Circulares.
Los postores y demás interesados en participar deberán solicitar el enlace al correo electrónico del juzgado (j05fctocuc@cendoj. ramajudicial.gov.co), identificando plenamente el número de radicado del proceso.
San José de Cúcuta, 08 de septiembre de 2025.
Original firmado por
CARMEN ELENA SALCEDO HERRERA
SECRETARIA
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