Número de referencia
RF202781
Titulo edicto
1556015
Texto del edicto
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE CÚCUTA
INFORMA
™A todas las personas que tengan derechos legítimos relacionados con el predio que se describirá, los acreedores con garantía real y otros acreedores de obligaciones relacionadas con dicho predio, así como las personas que se consideren afectadas por la suspensión de procesos y procedimientos administrativos, con el fin de que comparezcan al proceso y hagan valer sus derechos, dentro del término de quince (15) días hábiles siguientes a la última publicación que se realice de este edicto en, el diario de amplia circulación nacional El Espectador o El Tiempo, en un diario de circulación local y en una radiodifusora con alta frecuencia en el municipio de Cúcuta (Norte de Santander), conforme lo normado en el literal E del artículo 86 de la Ley 1448 de 2011; siendo el último día de este lapso el término máximo para contestar la demanda y/o presentar oposiciones en los términos del artículo 88 de la Ley 1448 de 2011.
Se informa que la solicitud de Restitución y Formalización de Tierras Despojadas fue admitida por este Despacho Judicial a través del auto de fecha veinticuatro (24) de julio de dos mil veinticinco (2025), correspondiéndole el radicado 540013121001-2025-00102-00, tiene por objeto un (1) predio urbano ubicado en la dirección “calle 10 manzana 3 - lote 9 del barrio San Jerónimo” del municipio de Cúcuta, en el departamento de Norte de Santander; con un área georreferenciada de 0 ha + 106,7 m2, sin datos registrales ni catastrales; por cuanto se encuentra inmerso dentro de un predio de mayor extensión, que según el certificado de tradición se describe como Lote 7, cuyos linderos y demás especificaciones se encuentran en la escritura 1222 del 13/06/2018 de la Notaria Quinta de Cúcuta, individualizado con el folio de matrícula inmobiliaria No. 260-330633 y el número predial No. 54001 0002000000 110418000000000, el cual reporta una cabida superficial de 85 hectáreas y 5.013 m2 (según URT), también un área registral de 113 Ha + 0241,66 m2, o 1.130.241,66 m2 (según FMI), relacionado también con el código predial de una mejora No. 54001000 2000000110 418500000101.
Este mismo aviso será utilizado como Informe de Acumulación Procesal, para los fines de los artículos 95 y 96 de la Ley 1448 de 2011, regulados por el Acuerdo No. PSAA13-9857 del 6 de marzo de 2013 expedido por el Consejo Superior de la Judicatura, poniéndoseles de presente a los jueces, que deberán rendir informe de su proceso en caso de coincidencia y que el incumplimiento a esta orden los hará incurrir en posible falta gravísima como se desprende de la Ley 1448 de 2011.
Firmado Por:
Ludwin Ricardo Blanco Rincon
Secretario Juzgado De Circuito
Civil 001 Especializado En Restitución De Tierras Cucuta - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación:
9cc690521da4910 599891134fe08035005 ce7af6379f4f5dae6e16b38331d19f
Documento generado en 08/08/2025 11:54:02 AM
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™A todas las personas que tengan derechos legítimos relacionados con el predio que se describirá, los acreedores con garantía real y otros acreedores de obligaciones relacionadas con dicho predio, así como las personas que se consideren afectadas por la suspensión de procesos y procedimientos administrativos, con el fin de que comparezcan al proceso y hagan valer sus derechos, dentro del término de quince (15) días hábiles siguientes a la última publicación que se realice de este edicto en, el diario de amplia circulación nacional El Espectador o El Tiempo, en un diario de circulación local y en una radiodifusora con alta frecuencia en el municipio de Cúcuta (Norte de Santander), conforme lo normado en el literal E del artículo 86 de la Ley 1448 de 2011; siendo el último día de este lapso el término máximo para contestar la demanda y/o presentar oposiciones en los términos del artículo 88 de la Ley 1448 de 2011.
Se informa que la solicitud de Restitución y Formalización de Tierras Despojadas fue admitida por este Despacho Judicial a través del auto de fecha veinticuatro (24) de julio de dos mil veinticinco (2025), correspondiéndole el radicado 540013121001-2025-00102-00, tiene por objeto un (1) predio urbano ubicado en la dirección “calle 10 manzana 3 - lote 9 del barrio San Jerónimo” del municipio de Cúcuta, en el departamento de Norte de Santander; con un área georreferenciada de 0 ha + 106,7 m2, sin datos registrales ni catastrales; por cuanto se encuentra inmerso dentro de un predio de mayor extensión, que según el certificado de tradición se describe como Lote 7, cuyos linderos y demás especificaciones se encuentran en la escritura 1222 del 13/06/2018 de la Notaria Quinta de Cúcuta, individualizado con el folio de matrícula inmobiliaria No. 260-330633 y el número predial No. 54001 0002000000 110418000000000, el cual reporta una cabida superficial de 85 hectáreas y 5.013 m2 (según URT), también un área registral de 113 Ha + 0241,66 m2, o 1.130.241,66 m2 (según FMI), relacionado también con el código predial de una mejora No. 54001000 2000000110 418500000101.
Este mismo aviso será utilizado como Informe de Acumulación Procesal, para los fines de los artículos 95 y 96 de la Ley 1448 de 2011, regulados por el Acuerdo No. PSAA13-9857 del 6 de marzo de 2013 expedido por el Consejo Superior de la Judicatura, poniéndoseles de presente a los jueces, que deberán rendir informe de su proceso en caso de coincidencia y que el incumplimiento a esta orden los hará incurrir en posible falta gravísima como se desprende de la Ley 1448 de 2011.
Firmado Por:
Ludwin Ricardo Blanco Rincon
Secretario Juzgado De Circuito
Civil 001 Especializado En Restitución De Tierras Cucuta - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
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