Número de referencia
RF839321
Titulo edicto
1557046
Texto del edicto
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA
JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE CÚCUTA
NORTE DE SANTANDER
AVISO DE REMATE
AVISA AL PÚBLICO:
™Que dentro del proceso EJECUTIVO radicado con el N° 54 001 40 53 002 2017 01077 00 siendo Demandante AURORA ALVERNIA DE CASTELLANOS y JUAN CARLOS CASTELLANOS ALVERNIA, y demandado ALEXIS TORRES RANGEL, se fija el día _VEINTIDOS_ (_22_) DE _ENERO__DE DOS MIL VEINTISEIS (2026) A LAS __08:00 A.M., como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia virtual de remate del bien inmueble ubicado en la Calle 2 #7E-127 Urbanización Quinta Oriental Apartamento 201 de esta ciudad, identificado con la matrícula inmobiliaria No. 260-284041, de la Oficina de Instrumentos Públicos de Cúcuta, de propiedad del señor ALEXIS TORRES RANGEL identificado con la cédula de ciudadanía No. 88.232.316. El inmueble se encuentra a cargo de la secuestre MARIA CONSUELO CRUZ con dirección Avenida 5 No 7 47 Centro, según acta de secuestro. El inmueble fue avaluado por la suma de CIENTO NOVENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA SEIS MIL QUINIENTOS PESOS ($192.556.500.00), y será postura admisible la que cubra por lo menos el SETENTA por ciento (70%) del avalúo, por ende, la base para licitar es de CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA PESOS ($134.789.550,00). Quien pretenda hacer postura deberá consignar previamente en dinero, a órdenes de este Juzgado, el 40% del total del avalúo, esto es la suma de SETENTA Y DOS MILLONES VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS PESOS ($62’022.600,00). Para hacer postura, el interesado deberá tener en cuenta las pautas contenidas en la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022 por el Consejo Seccional de la Judicatura Norte de Santander y la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial de Cúcuta, quien determinó se puede seguir aplicando el Módulo de Subasta Virtual Local previsto en el “PROTOCOLO DE PRESENTACIÓN DIGITAL DE POSTURAS PARA AUDIENCIAS DE REMATES”, que fue adoptado mediante la CircularDESAJCUC20- 217 de 12 de noviembre de 2020. En la postura electrónica se deberá informar el número telefónico de contacto y/o cuentas de correo electrónico alternativas con el propósito de verificar la información relativa a la oferta. Se advierte que sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los Artículos 451 y 452 del Código General del Proceso: 1. ASUNTO: El mensaje de datos con fines de postura que sea remitido vía correo electrónico deberá indicar en el asunto el número del radicado del proceso (23 dígitos). 2. ANEXO: A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta como “un sobre cerrado” bajo los parámetros del Artículo 452 del Código General del Proceso, la postura electrónica y todos sus anexos, deberán adjuntarse al mensaje de correo en un único archivo PDF protegido con contraseña, archivo que deberá denominarse “OFERTA”. La contraseña para abrir el documento, se le solicitará al postor durante el desarrollo de la diligencia de remate, y en caso de no asistir a la audiencia virtual se comunicará al número telefónico de contacto y/o cuenta de correo electrónico suministrados para ese efecto. Las posturas del remata deberán ser allegadas al correo institucional del despacho jcivmcu2@cendoj. ramajudicial.gov.co
A la diligencia de remate se podrá acceder a través del siguiente link: 54001405300220170107700 | Reunión- Unirse | Microsoft Teams
El protocolo para las audiencias de remate puede ser consultado a través del siguiente link:
https://www.ramajudicial. gov.co/documents/18524645 /79009183/Protocolo+ para+realizar +Diligencias+ de+Remate.pdf /950be9e5-e128-4646- 8207-1763a473984f
San José de Cúcuta, 05 de noviembre de 2025.
Firmado Por:
Melissa Ivette Paternina Vera
Secretaria
Juzgado Municipal
Civil 002
Cucuta - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación:
4ef5fca7ec0cc97aa15b 5e2dc58a0db61505a 361ef121bd8038411 c5e8029265
Documento generado en 05/11/2025 09:43:11 AM
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RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA
JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE CÚCUTA
NORTE DE SANTANDER
AVISO DE REMATE
AVISA AL PÚBLICO:
™Que dentro del proceso EJECUTIVO radicado con el N° 54 001 40 53 002 2017 01077 00 siendo Demandante AURORA ALVERNIA DE CASTELLANOS y JUAN CARLOS CASTELLANOS ALVERNIA, y demandado ALEXIS TORRES RANGEL, se fija el día _VEINTIDOS_ (_22_) DE _ENERO__DE DOS MIL VEINTISEIS (2026) A LAS __08:00 A.M., como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia virtual de remate del bien inmueble ubicado en la Calle 2 #7E-127 Urbanización Quinta Oriental Apartamento 201 de esta ciudad, identificado con la matrícula inmobiliaria No. 260-284041, de la Oficina de Instrumentos Públicos de Cúcuta, de propiedad del señor ALEXIS TORRES RANGEL identificado con la cédula de ciudadanía No. 88.232.316. El inmueble se encuentra a cargo de la secuestre MARIA CONSUELO CRUZ con dirección Avenida 5 No 7 47 Centro, según acta de secuestro. El inmueble fue avaluado por la suma de CIENTO NOVENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA SEIS MIL QUINIENTOS PESOS ($192.556.500.00), y será postura admisible la que cubra por lo menos el SETENTA por ciento (70%) del avalúo, por ende, la base para licitar es de CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA PESOS ($134.789.550,00). Quien pretenda hacer postura deberá consignar previamente en dinero, a órdenes de este Juzgado, el 40% del total del avalúo, esto es la suma de SETENTA Y DOS MILLONES VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS PESOS ($62’022.600,00). Para hacer postura, el interesado deberá tener en cuenta las pautas contenidas en la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022 por el Consejo Seccional de la Judicatura Norte de Santander y la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial de Cúcuta, quien determinó se puede seguir aplicando el Módulo de Subasta Virtual Local previsto en el “PROTOCOLO DE PRESENTACIÓN DIGITAL DE POSTURAS PARA AUDIENCIAS DE REMATES”, que fue adoptado mediante la CircularDESAJCUC20- 217 de 12 de noviembre de 2020. En la postura electrónica se deberá informar el número telefónico de contacto y/o cuentas de correo electrónico alternativas con el propósito de verificar la información relativa a la oferta. Se advierte que sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los Artículos 451 y 452 del Código General del Proceso: 1. ASUNTO: El mensaje de datos con fines de postura que sea remitido vía correo electrónico deberá indicar en el asunto el número del radicado del proceso (23 dígitos). 2. ANEXO: A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta como “un sobre cerrado” bajo los parámetros del Artículo 452 del Código General del Proceso, la postura electrónica y todos sus anexos, deberán adjuntarse al mensaje de correo en un único archivo PDF protegido con contraseña, archivo que deberá denominarse “OFERTA”. La contraseña para abrir el documento, se le solicitará al postor durante el desarrollo de la diligencia de remate, y en caso de no asistir a la audiencia virtual se comunicará al número telefónico de contacto y/o cuenta de correo electrónico suministrados para ese efecto. Las posturas del remata deberán ser allegadas al correo institucional del despacho jcivmcu2@cendoj. ramajudicial.gov.co
A la diligencia de remate se podrá acceder a través del siguiente link: 54001405300220170107700 | Reunión- Unirse | Microsoft Teams
El protocolo para las audiencias de remate puede ser consultado a través del siguiente link:
https://www.ramajudicial. gov.co/documents/18524645 /79009183/Protocolo+ para+realizar +Diligencias+ de+Remate.pdf /950be9e5-e128-4646- 8207-1763a473984f
San José de Cúcuta, 05 de noviembre de 2025.
Firmado Por:
Melissa Ivette Paternina Vera
Secretaria
Juzgado Municipal
Civil 002
Cucuta - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
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