1557060

Número de referencia
RF596015
Titulo edicto
1557060
Texto del edicto
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE CÚCUTA
Cúcuta, cinco (5) de noviembre de dos mil veinticinco (2025)
Hipotecario. RAD: 54-001-41-89-002-2022-00148-00
DEMANDANTE: LEIZA YANETE DUARTE LEON C.C. 60.335.875
DEMANDADA: MARGARITA PEINADO DE PICON C.C. 37.224.381
™Atendiendo a lo solicitado por la apoderada judicial de la parte demandante, procede entonces el Despacho a fijar fecha y hora para la diligencia de remate, efectuándose un control previo de legalidad de conformidad con lo establecido en el art. 448 del CGP; observándose que no se encuentra configurada ninguna causal de nulidad que invalide la actuación hasta este momento, de igual forma, se aclara que a la fecha no se encuentra pendiente la resolución de ninguno de los trámites a que hace referencia el inciso 2 de la misma norma, así como la aprobación de la liquidación del crédito y costas.
En consecuencia, se fija como fecha y hora para llevar a cabo la subasta del bien inmueble identificado con Matricula Inmobiliaria No. 260-251317 de la Oficina de Instrumentos públicos de Cúcuta, ubicado en la Calle 5 # 7-15 del barrio La Unión de esta ciudad, para el próximo DOCE (12) DE DICIEMBRE DE 2025 A PARTIR DE LAS 9:00 A.M
Del bien que saldrá a remate, su avalúo y base para licitación (70%) serán los siguientes:
BIEN INMUEBLE: 260-251317
AVALÚO CATASTRAL: $ 48.577.500
BASE PARA LICITACIÓN: $ 34.004.250
CONSIGNACIÓN PARA HACER POSTURA (40%): $ 19.431.000
Adicionalmente se informa que la secuestre del bien inmueble anteriormente descrito es la señora MARIA CONSUELO CRUZ identificada con C.C. 60.304.044, quien mostrara el bien objeto de la diligencia, cuyos datos de localización son los siguientes:
Dirección: Avenida 4 # 7-47 Centro
Correo electrónico: macon6070 @hotmail.com
Celular: 314-3183528
Los postores, incluido el ejecutante deberán hacer la consignación a la cuenta del juzgado No. 54-001-205-1901 del Banco Agrario de Colombia S.A, con la advertencia que dentro de la hora señalada para la práctica del remate debe enviarse por el correo electrónico institucional j01pqccmcuc@cendoj. ramajudicial.gov.co asunto “POSTURA REMATE 2022-00148- 2p” a través de mensaje cifrado o archivo PDF protegido con contraseña, copia de la cedula de ciudadanía o de Certificado de Existencia y Representación Legal si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días y del recibo de consignación del 40% en el Banco Agrario de Colombia S.A; sin embargo, quien sea único ejecutante o acreedor ejecutante de mejor derecho podrá rematar por cuenta de su crédito los bienes materia de la subasta sin necesidad de consignar porcentaje, siempre que aquel equivalga por lo menos al cuarenta por ciento (40%) del avalúo en caso contrario consignará la diferencia. en concordancia con lo establecido en el inciso 2 del numeral 5 del artículo 468 del C.G.P., y sobre el valor de la totalidad del inmueble hipotecado para el caso de creedor hipotecario.1
Se le informa a los interesados que el link para el ingreso a la diligencia es el siguiente:
https://teams.microsoft.com/ l/meetup-
join/19%3ameeting_NmE 5N2FiMzAtMTQ1ZS00ZDlmLW I5NTEtOGE3NTgzZTEy YTY5%40thr
ead.v2/0?context=%7b% 22Tid%22%3a%22622 cba98-80f8-41f3-8df5-
8eb99901598b%22%2c%22 Oid%22%3a%22b8bd22e9- e8ef-4cfd-b95f-
8b565d3ab116%22%7d,
donde se escucharán una a una las posturas en el orden en que se envió el correo electrónico con los documentos mencionados y conforme la dinámica que se explicará al inicio de la audiencia, tal como quedó establecido en la Circular DESAJCUC20-217 del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca que puede consultarse siguiendo este enlace: https://tribunalsuperior decucuta.gov .co/2020/11/30/ protocolo-para-diligencias- virtuales-de-remate/ .
La contraseña para abrir el documento, se le solicitará al postor durante el desarrollo de la diligencia de remate, y en caso de no asistir a la audiencia virtual se comunicará al número telefónico de contacto y/o cuenta de correo electrónico suministrados para ese efecto.
Ahora, siguiendo lo previsto en el artículo 23° del Acuerdo PCSJA20-11567 de 2020 de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, la audiencia deberá llevarse a cabo de manera virtual y, de conformidad con la Circular PCSJC24-10 adiada 15 de marzo de 2024, a través del servicio institucional de la plataforma TEAMS.
La licitación virtual empezará a la hora fijada y no se cerrará sino después de haber transcurrido una (01) hora. Para efectos de lo anterior, por parte del interesado elabórese el correspondiente aviso de que trata el artículo 450 del C.G.P. para su publicación el domingo en el periódico La Opinión de esta ciudad el cual deberá efectuarse con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate. Surtido el anterior trámite, la parte demandante deberá allegarlo junto con el certificado de libertad y tradición del bien respectivo, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para dicha diligencia.
Se ordena fijar el aviso en la página web de la Rama Judicial en el micrositio fijado para este Despacho Judicial en la página de la Rama Judicial en la sección de “Avisos de Remate”
https://publicacionesprocesales. ramajudicial.gov.co/web/ publicaciones-
procesales/inicio?p_p_id=co_ com_avanti_efectosProcesales_ PublicacionesEfectos Procesales
Portlet_INSTANCE_q OzzZevqIWbb&p_p_ lifecycle=0&p_p_state= normal&p_p_mode=view&_c
o_com_avanti_ efectosProcesales_ PublicacionesEfectos ProcesalesPortlet_INSTANCE_ qOzzZ
evqIWbb_tipoCategoria= tipoPub&_co_com_avanti_ efectosProcesales_Publicaciones EfectosP
rocesalesPortlet_ INSTANCE_qOzzZevqIWbb_ action=filterCategories&_ co_com_avanti_efecto
sProcesales_ PublicacionesEfectos ProcesalesPortlet_INSTANCE_ qOzzZevqIWbb_idTipo=876
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y se agendará la diligencia en la sección de “Cronograma de Audiencias”, para acceso y consulta de los interesados https://www.ramajudicial. gov.co/web /juzgado- 1- civil-municipal-de- pequenas- causas-y- competencia-multiple/cronograma-de-audiencias
Así mismo, se aclara que el licitante favorecido deberá cancelar por concepto de impuestos el 5% sobre el valor final del remate a favor del Tesoro Nacional a la Cuenta N° 30820-00635-8, Convenio 13477 Banco Agrario de Colombia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
La Juez,
CAROLINA SERRANO BUENDIA
JUZGADO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MULTIPLE DE CÚCUTA- NORTE DE SANTANDER
El auto que antecede se notifica por anotación en estados electrónicos del Juzgado 12 de noviembre de 2025, a las 7 .30 A.M.
Firmado Por:
Carolina Serrano Buendía
Juez
Juzgado Pequeñas Causas
Juzgado 001 Pequeñas Causas Y Competencia Múltiple
Cúcuta -N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación:
92658f9c7212c49b 0265950aa22792f0 da77d9fe9c71f64b9 04c8e4d529f6c48
Documento generado en 05/11/2025 12:44:50 PM
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1 STC 2136-2019 - M.P MARGARITA CABELLO BLANCO
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