Número de referencia
RF112278
Titulo edicto
1557352
Texto del edicto
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA
JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE CÚCUTA
NORTE DE SANTANDER
AVISO DE REMATE
AVISA AL PÚBLICO:
™Que dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO radicado con el N° 54 001 40 03 002 2016 00854 00 siendo Demandante BANCOLOMBIA S.A., y demandada ADRIANA PATRICIA URBINA SALCEDO, se fija el día _VEINTE_ (_20_) DE _ENERO__DE DOS MIL VEINTISEIS (2026) A LAS __08:00 A.M., como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia virtual de remate del bien inmueble ubicado en la Manzana 4 Urbanización Camilo Daza Lote #10 de esta ciudad, identificado con la matrícula inmobiliaria No. 260-208871, de la Oficina de Instrumentos Públicos de Cúcuta, de propiedad de la señora ADRIANA PATRICIA URBINA SALCEDO identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.090.390.568. El inmueble se encuentra a cargo del secuestre ROBERT ALFREDO JAIMES GARCIA con dirección Avenida 15 Nº 1243 Barrio El Contento de esta ciudad, según acta de secuestro. El inmueble fue avaluado por la suma de SESENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS DIECISEIS MIL PESOS ($65.916.000.00), y será postura admisible la que cubra por lo menos el SETENTA por ciento (70%) del avalúo, por ende, la base para licitar es de CUARENTA Y SEIS MILLONES CIENTO CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS PESOS ($46.141.200,00). Quien pretenda hacer postura deberá consignar previamente en dinero, a órdenes de este Juzgado, el 40% del total del avalúo, esto es la suma de VEINTISEIS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS PESOS ($26’366.400,00). Para hacer postura, el interesado deberá tener en cuenta las pautas contenidas en la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022 por el Consejo Seccional de la Judicatura Norte de Santander y la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial de Cúcuta, quien determinó se puede seguir aplicando el Módulo de Subasta Virtual Local previsto en el “PROTOCOLO DE PRESENTACIÓN DIGITAL DE POSTURAS PARA AUDIENCIAS DE REMATES”, que fue adoptado mediante la CircularDESAJCUC20- 217 de 12 de noviembre de 2020. En la postura electrónica se deberá informar el número telefónico de contacto y/o cuentas de correo electrónico alternativas con el propósito de verificar la información relativa a la oferta. Se advierte que sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los Artículos 451 y 452 del Código General del Proceso: 1. ASUNTO: El mensaje de datos con fines de postura que sea remitido vía correo electrónico deberá indicar en el asunto el número del radicado del proceso (23 dígitos). 2. ANEXO: A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta como “un sobre cerrado” bajo los parámetros del Artículo 452 del Código General del Proceso, la postura electrónica y todos sus anexos, deberán adjuntarse al mensaje de correo en un único archivo PDF protegido con contraseña, archivo que deberá denominarse “OFERTA”. La contraseña para abrir el documento, se le solicitará al postor durante el desarrollo de la diligencia de remate, y en caso de no asistir a la audiencia virtual se comunicará al número telefónico de contacto y/o cuenta de correo electrónico suministrados para ese efecto. Las posturas del remata deberán ser allegadas al correo institucional del despacho jcivmcu2@cendoj. ramajudicial.gov.co
A la diligencia de remate se podrá acceder a través del siguiente link:
540014003002 20160085400 | Reunión- Unirse | Microsoft Teams
El protocolo para las audiencias de remate puede ser consultado a través del siguiente link:
https://www.ramajudicial. gov.co/documents/ 18524645/79009183/ Protocolo+para+realizar
+Diligencias+de+Remate.pdf/ 950be9e5-e128-4646- 8207-1763a473984f
San José de Cúcuta, 05 de noviembre de 2025.
Firmado Por:
Melissa Ivette Paternina Vera
Secretaria
Juzgado Municipal
Civil 002
Cucuta - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación:
609ca3579dd8aac9a 540b49cd8af6a59be 5928d7832bc12c 9dccc6de4562628e
Documento generado en 05/11/2025 09:43:10 AM
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RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA
JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE CÚCUTA
NORTE DE SANTANDER
AVISO DE REMATE
AVISA AL PÚBLICO:
™Que dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO radicado con el N° 54 001 40 03 002 2016 00854 00 siendo Demandante BANCOLOMBIA S.A., y demandada ADRIANA PATRICIA URBINA SALCEDO, se fija el día _VEINTE_ (_20_) DE _ENERO__DE DOS MIL VEINTISEIS (2026) A LAS __08:00 A.M., como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia virtual de remate del bien inmueble ubicado en la Manzana 4 Urbanización Camilo Daza Lote #10 de esta ciudad, identificado con la matrícula inmobiliaria No. 260-208871, de la Oficina de Instrumentos Públicos de Cúcuta, de propiedad de la señora ADRIANA PATRICIA URBINA SALCEDO identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.090.390.568. El inmueble se encuentra a cargo del secuestre ROBERT ALFREDO JAIMES GARCIA con dirección Avenida 15 Nº 1243 Barrio El Contento de esta ciudad, según acta de secuestro. El inmueble fue avaluado por la suma de SESENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS DIECISEIS MIL PESOS ($65.916.000.00), y será postura admisible la que cubra por lo menos el SETENTA por ciento (70%) del avalúo, por ende, la base para licitar es de CUARENTA Y SEIS MILLONES CIENTO CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS PESOS ($46.141.200,00). Quien pretenda hacer postura deberá consignar previamente en dinero, a órdenes de este Juzgado, el 40% del total del avalúo, esto es la suma de VEINTISEIS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS PESOS ($26’366.400,00). Para hacer postura, el interesado deberá tener en cuenta las pautas contenidas en la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022 por el Consejo Seccional de la Judicatura Norte de Santander y la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial de Cúcuta, quien determinó se puede seguir aplicando el Módulo de Subasta Virtual Local previsto en el “PROTOCOLO DE PRESENTACIÓN DIGITAL DE POSTURAS PARA AUDIENCIAS DE REMATES”, que fue adoptado mediante la CircularDESAJCUC20- 217 de 12 de noviembre de 2020. En la postura electrónica se deberá informar el número telefónico de contacto y/o cuentas de correo electrónico alternativas con el propósito de verificar la información relativa a la oferta. Se advierte que sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los Artículos 451 y 452 del Código General del Proceso: 1. ASUNTO: El mensaje de datos con fines de postura que sea remitido vía correo electrónico deberá indicar en el asunto el número del radicado del proceso (23 dígitos). 2. ANEXO: A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta como “un sobre cerrado” bajo los parámetros del Artículo 452 del Código General del Proceso, la postura electrónica y todos sus anexos, deberán adjuntarse al mensaje de correo en un único archivo PDF protegido con contraseña, archivo que deberá denominarse “OFERTA”. La contraseña para abrir el documento, se le solicitará al postor durante el desarrollo de la diligencia de remate, y en caso de no asistir a la audiencia virtual se comunicará al número telefónico de contacto y/o cuenta de correo electrónico suministrados para ese efecto. Las posturas del remata deberán ser allegadas al correo institucional del despacho jcivmcu2@cendoj. ramajudicial.gov.co
A la diligencia de remate se podrá acceder a través del siguiente link:
540014003002 20160085400 | Reunión- Unirse | Microsoft Teams
El protocolo para las audiencias de remate puede ser consultado a través del siguiente link:
https://www.ramajudicial. gov.co/documents/ 18524645/79009183/ Protocolo+para+realizar
+Diligencias+de+Remate.pdf/ 950be9e5-e128-4646- 8207-1763a473984f
San José de Cúcuta, 05 de noviembre de 2025.
Firmado Por:
Melissa Ivette Paternina Vera
Secretaria
Juzgado Municipal
Civil 002
Cucuta - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
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