Número de referencia
RF922877
Titulo edicto
1557743
Texto del edicto
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA
JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE CÚCUTA
NORTE DE SANTANDER
AVISO DE REMATE
AVISA AL PÚBLICO:
™Que dentro del proceso EJECUTIVO radicado con el N° 54 001 40 03 002 2011 00225 00 siendo Demandante EMPRESA ARROCERAS SAN VALENTIN Y CIA LTDA., y demandada NURY ESTHER PALMA PEREZ, se fija el día _VEINTISEIS_ (_26_) DE ENERO DE DOS MIL VEINTISEIS (2026) A LAS _08:00 A.M., como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia virtual de remate de la cuota parte 50% del bien inmueble ubicado según certificado de libertad y tradición Manzana ‘I‘ Urbanización Santa María Del Rosario Corregimiento La Parada Municipio Villa Del Rosario Lote 4 y Calle 7 #12-119 Urbanización Santa María del Rosario, identificado con la matrícula inmobiliaria 260-192842 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Cúcuta, de propiedad de la señora NURY ESTHER PALMA PEREZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 37.176.925. El inmueble se encuentra a cargo de la secuestre ROSA MARIA CARRILLO GARCIA con dirección Calle 12 No 4 - 47 local 12 C.C. Internacional, según acta de secuestro. El inmueble fue avaluado por la suma de VEINTITRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($23.250.000.00), y será postura admisible la que cubra por lo menos el SETENTA por ciento (70%) del avalúo, por ende, la base para licitar es de DIECISEIS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL PESOS ($16.275.000,00). Quien pretenda hacer postura deberá consignar previamente en dinero, a órdenes de este Juzgado, el 40% del total del avalúo, esto es la suma de NUEVE MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS ($9’300.000,00.). Para hacer postura, el interesado deberá tener en cuenta las pautas contenidas en la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022 por el Consejo Seccional de la Judicatura -Norte de Santander y la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial de Cúcuta, quien determinó se puede seguir aplicando el Módulo de Subasta Virtual Local previsto en el ‘PROTOCOLO DE PRESENTACIÓN DIGITAL DE POSTURAS PARA AUDIENCIAS DE REMATES‘, que fue adoptado mediante la CircularDESAJCUC20-217 de 12 de noviembre de 2020. En la postura electrónica se deberá informar el número telefónico de contacto y/o cuentas de correo electrónico alternativas con el propósito de verificar la información relativa a la oferta. Se advierte que sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los Artículos 451 y 452 del Código General del Proceso: 1. ASUNTO: El mensaje de datos con fines de postura que sea remitido vía correo electrónico deberá indicar en el asunto el número del radicado del proceso (23 dígitos). 2. ANEXO: A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta como ‘un sobre cerrado‘ bajo los parámetros del Artículo 452 del Código General del Proceso, la postura electrónica y todos sus anexos, deberán adjuntarse al mensaje de correo en un único archivo PDF protegido con contraseña, archivo que deberá denominarse ‘OFERTA‘. La contraseña para abrir el documento, se le solicitará al postor durante el desarrollo de la diligencia de remate y en caso de no asistir a la audiencia virtual se comunicará al número telefónico de contacto y/o cuenta de correo electrónico suministrados para ese efecto. Las posturas del remata deberán ser allegadas al correo institucional del despacho jcivmcu2@cendoj. ramajudicial.gov.co
A la diligencia de remate se podrá acceder a través del siguientes link:
54001400300220110022500 | Reunión- Unirse | Microsoft Teams
El protocolo para las audiencias de remate puede ser consultado a través del siguiente link:
https://www.ramajudicial.gov. co/documents/18524645/ 79009183/Protocolo-+ para+realizar
+Diligencias+de+ Remate.pdf/950be9e5-e128- 4646-8207-1763a473984f
San José de Cúcuta, 05 de noviembre de 2025.
Firmado Por:
Melissa Ivette Paternina Vera
Secretaria
Juzgado Municipal
Civil 002
Cucuta- N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación:
f280d9c9101ec556c 79caf6f2f085efb1597 d5fb0af11a9cf2e048 7096533499
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RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA
JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE CÚCUTA
NORTE DE SANTANDER
AVISO DE REMATE
AVISA AL PÚBLICO:
™Que dentro del proceso EJECUTIVO radicado con el N° 54 001 40 03 002 2011 00225 00 siendo Demandante EMPRESA ARROCERAS SAN VALENTIN Y CIA LTDA., y demandada NURY ESTHER PALMA PEREZ, se fija el día _VEINTISEIS_ (_26_) DE ENERO DE DOS MIL VEINTISEIS (2026) A LAS _08:00 A.M., como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia virtual de remate de la cuota parte 50% del bien inmueble ubicado según certificado de libertad y tradición Manzana ‘I‘ Urbanización Santa María Del Rosario Corregimiento La Parada Municipio Villa Del Rosario Lote 4 y Calle 7 #12-119 Urbanización Santa María del Rosario, identificado con la matrícula inmobiliaria 260-192842 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Cúcuta, de propiedad de la señora NURY ESTHER PALMA PEREZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 37.176.925. El inmueble se encuentra a cargo de la secuestre ROSA MARIA CARRILLO GARCIA con dirección Calle 12 No 4 - 47 local 12 C.C. Internacional, según acta de secuestro. El inmueble fue avaluado por la suma de VEINTITRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($23.250.000.00), y será postura admisible la que cubra por lo menos el SETENTA por ciento (70%) del avalúo, por ende, la base para licitar es de DIECISEIS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL PESOS ($16.275.000,00). Quien pretenda hacer postura deberá consignar previamente en dinero, a órdenes de este Juzgado, el 40% del total del avalúo, esto es la suma de NUEVE MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS ($9’300.000,00.). Para hacer postura, el interesado deberá tener en cuenta las pautas contenidas en la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022 por el Consejo Seccional de la Judicatura -Norte de Santander y la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial de Cúcuta, quien determinó se puede seguir aplicando el Módulo de Subasta Virtual Local previsto en el ‘PROTOCOLO DE PRESENTACIÓN DIGITAL DE POSTURAS PARA AUDIENCIAS DE REMATES‘, que fue adoptado mediante la CircularDESAJCUC20-217 de 12 de noviembre de 2020. En la postura electrónica se deberá informar el número telefónico de contacto y/o cuentas de correo electrónico alternativas con el propósito de verificar la información relativa a la oferta. Se advierte que sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los Artículos 451 y 452 del Código General del Proceso: 1. ASUNTO: El mensaje de datos con fines de postura que sea remitido vía correo electrónico deberá indicar en el asunto el número del radicado del proceso (23 dígitos). 2. ANEXO: A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta como ‘un sobre cerrado‘ bajo los parámetros del Artículo 452 del Código General del Proceso, la postura electrónica y todos sus anexos, deberán adjuntarse al mensaje de correo en un único archivo PDF protegido con contraseña, archivo que deberá denominarse ‘OFERTA‘. La contraseña para abrir el documento, se le solicitará al postor durante el desarrollo de la diligencia de remate y en caso de no asistir a la audiencia virtual se comunicará al número telefónico de contacto y/o cuenta de correo electrónico suministrados para ese efecto. Las posturas del remata deberán ser allegadas al correo institucional del despacho jcivmcu2@cendoj. ramajudicial.gov.co
A la diligencia de remate se podrá acceder a través del siguientes link:
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El protocolo para las audiencias de remate puede ser consultado a través del siguiente link:
https://www.ramajudicial.gov. co/documents/18524645/ 79009183/Protocolo-+ para+realizar
+Diligencias+de+ Remate.pdf/950be9e5-e128- 4646-8207-1763a473984f
San José de Cúcuta, 05 de noviembre de 2025.
Firmado Por:
Melissa Ivette Paternina Vera
Secretaria
Juzgado Municipal
Civil 002
Cucuta- N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
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