1557779

Número de referencia
RF168175
Titulo edicto
1557779
Texto del edicto
RAD. 54001400300820120010200
EJECUTIVO
República De Colombia
Departamento Norte de Santander
Juzgado Octavo Civil Municipal
Distrito Judicial de Cúcuta
™San José de Cúcuta, en la fecha de la firma electrónica al final del documento.
Proceso: EJECUTIVO (Menor cuantía)
Radicado: 540014003008 20120010200
Demandante: EDGAR TORRADO SARABIA
CC 13.481.088
Demandado: MARIA AMPARO TORRES CORREDOR
CC 60.323.014
Asunto: Auto fija fecha diligencia de remate
Se encuentra al despacho el presente proceso a efectos de ordenar lo que en derecho corresponda.
Teniendo en cuenta la solicitud elevada por la apoderada judicial de la parte demandante a ítem 015, al ser procedente conforme al art. 448 CGP, en concordancia con la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022, que define que para los fines dispuestos en el Acuerdo PCSJA21-11840 del 26 de agosto de 2021, frente a la recepción de las posturas admisibles para llevar a cabo las diligencias de remate, dichas ofertas se seguirán gestionando de manera virtual conforme se dispuso en la Circular DESAJCUC20-217 del 12 de noviembre de 2020, el Despacho conforme a lo consagrado en la referida norma, procede a señalar el día MIÉRCOLES VEINTICINCO (25) DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISEIS (2026) A LAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 AM) como fecha para llevar a cabo la diligencia de REMATE del vehículo de placas URM185, el cual se encuentra debidamente embargado1, secuestrado2 y avaluado3, diligencia que se llevará a cabo de manera VIRTUAL.
La base de la licitación será el 70% del avalúo del vehículo, es decir, la suma de UN MILLON OCHOCIENTOS MIL PESOS ($1.800.000), y, todo el que pretenda hacer postura en la subasta deberá consignar previamente en dinero, a órdenes del juzgado el 40% del avalúo del respectivo bien, y podrá hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 ibidem.
El remate se anunciará al público mediante la inclusión en un listado que se publicará por una sola vez en un periódico de amplia circulación en la localidad como el diario la Opinión. El listado se publicará el domingo con antelación no inferior a los diez (10) días a la fecha señalada para el remate. Con la copia o la constancia de la publicación del aviso deberá allegarse un certificado de tradición expedido por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate, conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código General del Proceso.
Asimismo, el aviso de remate será incorporado en el micrositio web del Juzgado, en la página de la Rama Judicial, así como el protocolo previsto en la Circular DESAJCUC20-217 del 12 de noviembre de 2020 y la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022, que define que para los fines dispuestos en el Acuerdo PCSJA21-11840 del 26 de agosto de 2021, frente a la recepción de las posturas admisibles para llevar a cabo las diligencias de remate, dichas ofertas se seguirán gestionando de manera virtual, los cuales pueden consultar en el portal de la Rama Judicial en el siguiente enlace:
https://publicacionesprocesales. ramajudicial.gov.co/.
https://publicacionesprocesales. ramajudicial.gov.co/ c/portal/ layout?p_l_i
d=6098928&p_p_id= co_com_avanti_efectos Procesales_Publicaciones Efect
osProcesalesPortlet_ INSTANCE_qOzzZevqlWbb&p_ p_lifecycle=0&p_p_ state=
normal&_co_com_avanti _efectosProcesales_Publicaciones EfectosProcesal
esPortlet_INSTANCE_qOzzZ evqlWbb_action=filter Categories&_co_com_ava
nti_efectosProcesales_Publicaciones Efectos ProcesalesPortlet_ INSTANCE_qO
zzZevqlWbb_tipoCategoria= despacho&_co_com_avanti _efectos_Procesale
s_PublicacionesEfectos ProcesalesPortlet_INSTANCE _qOzzZevqlWbb_ idDespacho=8950416
La diligencia se llevará a cabo a través de la plataforma TEAMS PREMIUM, ingresando al siguiente link:
https://teams.microsoft.com/ l/meetup-
join/19%3ameeting_OTIj NmM5NjEtM27iYy00MT RILTg5ZmMtY2EwM TBmYTlyYzli
%40thread.v2/0? context=%7b%22Tid %22%3a%22622 cba98-80f8-41f3-8df5-
8eb99901598b%22% 2c%22Oid%22%3a% 22165c38ae-5ab0- 47a0-8a8c-
cdf30366b71f%22%7d
Para el recibo de las posturas u ofertas de remate, se ha designado la siguiente cuenta de correo institucional: rematesj08cmpalcuc @cendoj.ramajudicial.gov.co, en dicho mensaje de datos se deberá indicar en el ASUNTO ‘postura‘, ‘el radicado completo‘ y ‘la fecha de la diligencia de remate‘. Se advierte que la oferta deberá realizarse en formato PDF y deberá estar encriptado (tener contraseña) para efectos de que se cumpla con la reserva establecida por el artículo 452 del C.G del P.
Las partes, sus apoderados y los demás interesados en la licitación, deberán tener en cuenta que la diligencia se llevará a cabo bajo los parámetros fijados tanto en el Código General del Proceso, y en la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022.
Actúa como secuestre del vehículo de placas URM185, el señor RICHARD DOMICIANO ZAMBRANO RINCON identificado con cédula de ciudadanía No. 5.415.099, residente en la Calle 7 10-45 Llano zambranorinconrichard domiciano@gmail.com
domibocha2021@hotmail.com
Se advierte que, el link e información sobre acceso a la audiencia de remate programada deberá ser incluido en el aviso de remate.
Ofíciese a la División de Impuestos y Rentas Secretaría de Hacienda Municipal de Cúcuta - a fin de que remitan el recibo donde conste el valor de los impuestos que adeude el vehículo a rematar; indíquesele que la placa corresponde al No. URM185, de propiedad de la señora MARIA AMPARO TORRES CORREDOR CC 60.323.014. Ofíciese
NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE
La Juez,
MARTHA BEATRIZ COLLAZOS SALCEDO
Firmado Por:
Martha Beatriz Collazos Salcedo
Juez
Juzgado Municipal
Civil 008
Cucuta - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación:
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Documento generado en 03/10/2025 04:21:06 PM
Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/Firma Electronica
1 Folio 9 (Auto decreta embargo) y Folios 32 y 33 (toma nota del embargo) del ítem denominado Proceso 1022012.pdf- carpeta ‘540014003008 20120010200‘
2 Folios 86 a 88 ibidem
3 Item 008 (avalúo comercial) - Ít 010 (Auto aprueba avalúo comercial)
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