1557782

Número de referencia
RF199465
Titulo edicto
1557782
Texto del edicto
Curaduría Urbana N°2
San José de Cúcuta
Ing. Carlos Alberto Contreras Vargas
RESOLUCION N.° 26-0005 DEL 6 DE ENERO DE 2026
Por la cual se concede una licencia de CONSTRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA
54001-2-25-0337
EL CURADOR URBANO 2 DEL MUNICIPIO DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA,
INGENIERO CARLOS ALBERTO CONTRERAS VARGAS,
™En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por: La Ley 388 de 1997, la Ley 400 de 1997, la ley 810 de 2003, la ley 1796 de 2016, el Decreto 1077 de 2015, el Decreto 2218 de 2015, el Decreto 1197 de 2016, el Decreto 1203 de 2017, el Decreto 1783 de 2021, los Decretos No 926 del 2010, 092 del 2011, 340 del 2012 y Decreto 945 de 2017 (NSR-10), el Acuerdo Municipal 022 del 19 de Diciembre de 2019 P.O.T. de San José de Cúcuta, y demás decretos y leyes que le sean aplicables, y:
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Conceder licencia urbanística de CONSTRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, en el predio localizado en la CR EL SALADO LT 2 LT SITADO EN EL (Según Folio de Matrícula) LOTE 2 EL SALADO (Según Impuesto Predial Unificado) del corregimiento EL SALADO, de la nomenclatura de San José de Cúcuta, identificado con número catastral 00-02-00-00-0007-0417- 0-00-00-0000 y folio de matrícula inmobiliaria 260-249376 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de San José de Cúcuta a nombre de PASTOR ALEXANDER RODRIGUEZ TAPIAS identificado con Cédula de Ciudadanía N. 74.373.855 expedida en Duitama, en su calidad de propietario, para que en concordancia con el P.O.T. del Municipio de San José de Cúcuta, efectúe las obras de conformidad con los planos, documentos técnicos aprobados y disposiciones urbanísticas y ambientales vigentes.
ARTÍCULO 2º. Contra éste acto administrativo proceden los recursos de reposición ante el Curador Urbano que lo expidió y de apelación ante la Oficina de Planeación o en su defecto ante el Alcalde Municipal, para que lo aclare, modifique o revoque; El recurso de apelación podrá interponerse directamente, o como subsidiario del de reposición, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación, conforme a lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.3.9 del Decreto 1077 de 2015 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO 3º. La presente resolución rige a partir de su ejecutoria.
Notifíquese y Cúmplase.
Expedida en San José de Cúcuta, el 6 de enero de 2026
Ing. CARLOS ALBERTO CONTRERAS VARGAS
Curador Urbano No. 2 de San José de Cúcuta
  • 27 Visualizaciones
Inicia sesión
Nombre de usuario
Contraseña
¿Has olvidado tu contraseña? Recordar