1557817

Número de referencia
RF184925
Titulo edicto
1557817
Texto del edicto
Rama Judicial del Poder Público
Distrito Judicial de Cúcuta
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE CUCUTA
Norte de Santander
AVISO DE REMATE
EL SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DECUCUTA
HACE SABER:
™Que, dentro del proceso DIVISORIO, radicado al No. 54-001-31-53-001- 2023-00417-00 instaurado por las señoras LEONOR HORTENCIA ROJAS LLANES, identificada con la cédula de ciudadanía No.60.348.899; CLAUDIA INES ROJAS LLANES, identificada con la cédula de ciudadanía No.60.321.025; MARIA DEL ROSARIO ROJAS LLANES, identificada con la cédula de ciudadanía No.60.302.435; y SONIA ESPERANZA ROJAS LLANES, identificada con la cédula de ciudadanía No.60.302.436, a través de Apoderado Judicial contra de los señores ROJAS LLANES ALVARO HUMBERTO, identificado con cédula de ciudadanía No.13.491.545; ROJAS LLANES ANGEL IVAN, identificado con cédula de ciudadanía No.88.203.520; ROJAS LLANES GABRIEL ALIRIO, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.502.584; ROJAS LLANES HENRY JAVIER, identificado con cédula de ciudadanía No.13.478.281 y ROJAS LLANES JESUS HERNANDO, identificado con cédula de ciudadanía No.13.456.260. Se fija EL DIA 05 DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISEIS (2026) a las 9 A.M., como fecha y hora para llevar a cabo diligencia de REMATE de los bienes inmuebles vinculados a esta ejecución, previamente embargados, secuestrados y avaluados dentro del proceso.
1. Un bien inmueble objeto del remate, está ubicado en la avenida Canal Bogotá - cruce avenida Libertadores, apartamento 201E de la urbanización Zulima de esta ciudad, identificado con la matrícula inmobiliaria No. 260-43926, fue avaluado en la suma de CIENTO CINCUENTA MILLONES DE PESOS MCTE ($150.000.000,00), la base para hacer postura será el CIEN (100%), del citado avalúo (artículo 411 inciso 1 del C.G.P.), previa consignación del cuarenta por ciento (40%) del avalúo del bien, esto es, $60.000.000,00.
2. Un bien inmueble, ubicado en la avenida 2E No. 7-66 barrio Popular de esta ciudad, identificado con la matrícula inmobiliaria No. 260-28408, fue avaluado en la suma de OCHOCIENTOS MILLONES DE PESOS MCTE ($800.000.000,00), la base para hacer postura será el CIEN (100%), del citado avalúo (Art.411 inciso 4 del C.G.P.), previa consignación del cuarenta por ciento (40%) del avalúo del bien, esto es, $320.000.000,00.
La especificación de los bienes inmuebles objeto de remate puede apreciarse en los dictámenes rendidos por el perito avaluador JUAN EDUARDO MARQUEZ, cuyos avalúos obran en el expediente electrónico, razón por la cual se pone en conocimiento a los interesados que, por encontrarse el expediente de manera digital, podrá solicitar al correo del Juzgado el link del expediente para observar los datos que le interesan frente al inmueble objeto de remate.
La licitación comenzará a la hora indicada y el encargado de realizar la subasta ingresará a la diligencia virtual, anunciará a los presentes el número de ofertas recibidas con anterioridad y los exhortará para que se sirvan presentar sus ofertas en la forma ya explicada, dentro de la hora siguiente.
Transcurrida una hora desde el inicio de la diligencia, quienes hubieren presentado la oferta pertinente deberán ingresar a la diligencia virtual y comunicar la contraseña que permite abrir el archivo PDF que contiene la oferta y el comprobante de consignación, luego de lo cual se realizará la subasta de manera virtual, conforme a lo dispuesto en el artículo 452, inciso 2 del C.G.P.
Los interesados deberán consignar previamente el dinero a órdenes del Juzgado, en la cuenta de depósitos judiciales No.540012031001, que tiene este despacho judicial en el BANCO AGRARIO DE COLOMBIA, de la ciudad de Cúcuta, el 40% del avalúo del bien objeto del proceso, pudiendo hacer postura dentro de los cinco (05) días anteriores al remate, caso en el cual no sería necesaria su presencia en la subasta, o podrán presentar su oferta una vez iniciada la audiencia de remate de conformidad con los artículos 451 y 452 del Código General del Proceso, y si se presenta algún comunero como postor deberá tener en cuenta lo dispuesto en el inciso 5o del artículo 411 ibidem.
Para los efectos previstos en el Art. 449 y 450 del C.G.P., copias de este aviso se entregan al actor para su publicación por una sola vez en el diario o La Opinión de la ciudad de Cúcuta, se le advierte que este deberá publicarse el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate; y junto con la prueba de su publicación, deberá allegar un ejemplar del certificado de tradición y libertad del inmueble expedidos dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia.
Como circunstancias especiales del remate se precisa que el Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca y Dirección Seccional de Administración Judicial de Cúcuta a través de la Circular DESAJCUC20-217, definieron el protocolo para realizar diligencias de esta índole a través de medios virtuales a los cuales se les hará observancia concomitantemente con los lineamientos del Código General del Proceso; y para ello se resalta que:
Para la celebración de la diligencia se hará uso de las PATAFORMA MICROSOFT TEAMS, a la cual podrán acceder las partes y los interesados (oferentes) a través del presente link o enlace:
LINKAUDIENCIAREMATE
- También se precisa que las posturas u ofertas del remate serán remitidas al siguiente correo electrónico institucional designado para el efecto:
jcivccu1@cendoj. ramajudicial.gov.co.
Para absoluto conocimiento de las partes y de los interesados, el protocolo a tener en cuenta para la celebración de audiencias de remate puede ser consultado a través del siguiente link:
https://www.ramajudicial. gov.co/web/juzgado-01- civil- del-circuito-de- cucuta
Este AVISO será publicitado en todo caso en el micrositio de la página web Oficial de la Rama Judicial designado para este despacho judicial, Sección -REMATES
No obstante, lo anterior en este AVISO, se puntualizan las siguientes pautas a tener en cuenta:
POSTURA PARA EL REMATE VIRTUAL.
- Las ofertas serán reservadas y permanecerán bajo custodia del juez, en el buzón digital del despacho. En la celebración de la audiencia virtual será necesaria la presencia de los postores, que hubieren hecho ofertas.
- Para la postura en el remate virtual, la oferta debe remitirse de forma digital, legible y debidamente suscrita; la clave será suministrada por el ofertante únicamente al Juez en el desarrollo de la audiencia virtual, en la forma y oportunidad prevista en el artículo 452 del Código General del Proceso.
- El juez o el encargado de realizar la audiencia virtual de remate abrirá la oferta digital y leerá las ofertas en la oportunidad, con las formalidades y los requisitos señalados en el artículo 452 del Código General del Proceso.
- Sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los artículos 451 y 452 del C.G.P.
CONTENIDO DE LA POSTURA:
Todas las posturas de remate presentadas deberán contener la siguiente información:
a) Bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura.
b) Cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura.
c) Tratándose de persona natural se deberá indicar nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél.
d) Tratándose de persona jurídica se deberá expresar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este.
ANEXOS DE LA POSTURA:
Toda postura de remate deberá ser acompañada de los siguientes documentos:
a) Copia del documento de identidad del postor si éste es persona na
Documentación
  • 64 Visualizaciones
Inicia sesión
Nombre de usuario
Contraseña
¿Has olvidado tu contraseña? Recordar