Número de referencia
RF119043
Titulo edicto
1558260
Texto del edicto
Curaduría Urbana N°2
San José de Cúcuta
Ing. Carlos Alberto Contreras Vargas
RESOLUCION N.° 26-0027 DEL 26 DE ENERO DE 2026
Por la cual se concede una licencia de URBANIZACIÓN en la modalidad de DESARROLLO:
54001-2-25-0244
EL CURADOR URBANO 2 DEL MUNICIPIO DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA,
INGENIERO CARLOS ALBERTO CONTRERAS VARGAS,
™En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por: La Ley 388 de 1997, la Ley 400 de 1997, la ley 810 de 2003, la ley 1796 de 2016, el Decreto 1077 de 2015, el Decreto 2218 de 2015, el Decreto 1197 de 2016, el Decreto 1203 de 2017, el Decreto 1783 de 2021, los Decretos No 926 del 2010, 092 del 2011, 340 del 2012 y Decreto 945 de 2017 (NSR-10), el Acuerdo Municipal 022 del 19 de Diciembre de 2019 P.O.T. de San José de Cúcuta, y demás decretos y leyes que le sean aplicables, y:
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Conceder licencia de URBANIZACIÓN en la modalidad de DESARROLLO, para destinación Vivienda - Comercio y Servicio en el predio localizado en la CALLE 29 # 21-90 ROSALES DEL RODEO LOTE 1A TESERVA ETAPA V CIUDAD RODEO (Según Folio de Matricula Inmobiliario) CALLE 29 #21- 90 ROSALES DEL RODEO Lo 1A RESERVA ETAPA V CIUDAD RODEO (Según Impuesto Predial Unificado) del barrio CIUDAD RODEO, del Municipio de San José de Cúcuta, identificado con el número catastral 01-08-00-00-1670-0020- 0-00-00-0000 y folio de matrícula inmobiliaria 260-351794 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de San José de Cúcuta, a nombre de FIDUCIARIA BOGOTÁ S.A. identificada con NIT 800142383-7 mediante su fideicomitente CONSTRUCTORA VILLAS DEL RODEO SAS identificado con NIT 901175671-1 representado legalmente por CAROLINA GELVEZ ORTIZ identificada con Cédula de Ciudadanía N. 60.382.819 expedida en Cúcuta para que en concordancia con el P.O.T. del Municipio de San José de Cúcuta, efectúe las obras de conformidad con los planos, documentos técnicos aprobados y disposiciones urbanísticas y ambientales vigentes.
ARTÍCULO 2°. Contra éste acto administrativo proceden los recursos de reposición ante el Curador Urbano que lo expidió y de apelación ante la Oficina de Planeación o en su defecto ante el Alcalde Municipal, para que lo aclare, modifique o revoque; El recurso de apelación podrá interponerse directamente, o como subsidiario del de reposición, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación, conforme a lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.3.9 del Decreto 1077 de 2015 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO 3°. La presente resolución rige a partir de su ejecutoria.
Notifíquese y Cúmplase.
Expedida en San José de Cúcuta, el 26 de enero de 2026
Ing. CARLOS ALBERTO CONTRERAS VARGAS
Curador Urbano No. 2 de San José de Cúcuta
San José de Cúcuta
Ing. Carlos Alberto Contreras Vargas
RESOLUCION N.° 26-0027 DEL 26 DE ENERO DE 2026
Por la cual se concede una licencia de URBANIZACIÓN en la modalidad de DESARROLLO:
54001-2-25-0244
EL CURADOR URBANO 2 DEL MUNICIPIO DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA,
INGENIERO CARLOS ALBERTO CONTRERAS VARGAS,
™En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por: La Ley 388 de 1997, la Ley 400 de 1997, la ley 810 de 2003, la ley 1796 de 2016, el Decreto 1077 de 2015, el Decreto 2218 de 2015, el Decreto 1197 de 2016, el Decreto 1203 de 2017, el Decreto 1783 de 2021, los Decretos No 926 del 2010, 092 del 2011, 340 del 2012 y Decreto 945 de 2017 (NSR-10), el Acuerdo Municipal 022 del 19 de Diciembre de 2019 P.O.T. de San José de Cúcuta, y demás decretos y leyes que le sean aplicables, y:
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Conceder licencia de URBANIZACIÓN en la modalidad de DESARROLLO, para destinación Vivienda - Comercio y Servicio en el predio localizado en la CALLE 29 # 21-90 ROSALES DEL RODEO LOTE 1A TESERVA ETAPA V CIUDAD RODEO (Según Folio de Matricula Inmobiliario) CALLE 29 #21- 90 ROSALES DEL RODEO Lo 1A RESERVA ETAPA V CIUDAD RODEO (Según Impuesto Predial Unificado) del barrio CIUDAD RODEO, del Municipio de San José de Cúcuta, identificado con el número catastral 01-08-00-00-1670-0020- 0-00-00-0000 y folio de matrícula inmobiliaria 260-351794 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de San José de Cúcuta, a nombre de FIDUCIARIA BOGOTÁ S.A. identificada con NIT 800142383-7 mediante su fideicomitente CONSTRUCTORA VILLAS DEL RODEO SAS identificado con NIT 901175671-1 representado legalmente por CAROLINA GELVEZ ORTIZ identificada con Cédula de Ciudadanía N. 60.382.819 expedida en Cúcuta para que en concordancia con el P.O.T. del Municipio de San José de Cúcuta, efectúe las obras de conformidad con los planos, documentos técnicos aprobados y disposiciones urbanísticas y ambientales vigentes.
ARTÍCULO 2°. Contra éste acto administrativo proceden los recursos de reposición ante el Curador Urbano que lo expidió y de apelación ante la Oficina de Planeación o en su defecto ante el Alcalde Municipal, para que lo aclare, modifique o revoque; El recurso de apelación podrá interponerse directamente, o como subsidiario del de reposición, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación, conforme a lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.3.9 del Decreto 1077 de 2015 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO 3°. La presente resolución rige a partir de su ejecutoria.
Notifíquese y Cúmplase.
Expedida en San José de Cúcuta, el 26 de enero de 2026
Ing. CARLOS ALBERTO CONTRERAS VARGAS
Curador Urbano No. 2 de San José de Cúcuta
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