1558411

Número de referencia
RF778207
Titulo edicto
1558411
Texto del edicto
ASOCIACIÓN MANOS AMIGAS
Centro de Conciliación e Insolvencia
EMPLAZAMIENTO
PROCESO DE NEGOCIACIÓN DE DEUDAS
RADICADO 0001524 / 2026
Deudor.
SILVINO JOSE PAEZ GONZALEZ
C.C. N° 1.067.949.768 expedida en Montería, Córdoba.
™Emplazar al acreedor del SILVINO JOSE PAEZ GONZALEZ, mayor de edad, con domicilio en esta ciudad, identificada con la Cédula número 1.067.949.768 expedida en Montería, quien ha presentado solicitud de Negociación de deudas radicada con el N° 0001524/2026 de fecha 13 de febrero de 2026 con el objeto de normalizar sus relaciones crediticias y cuyo proceso fue admitido el día 18 de febrero de 2026.
En consecuencia, y de conformidad a lo establecido en el artículo 108 del código general del proceso y ART. 17.- Modifíquese el artículo 548 de la Ley 1564 de 2012, Parágrafo. Cuando el deudor manifieste que ignora el lugar donde puede ser citado un acreedor, la citación se entenderá cumplida con la inscripción de la decisión de aceptación de la solicitud en el Registro Nacional de Personas Emplazadas de que trata el artículo 108 de este código‘.
SE EMPLAZA para que sea publicado por una (1) vez en un medio escrito de amplia circulación local o nacional y en el Registro Nacional de Personas Emplazadas por ello. se convoque al señor SINDY PAOLA CAUSIL MONTERROSA y a todas las personas naturales o jurídicas, que se consideren acreedores del señor SILVINO JOSE PAEZ GONZALEZ.
La audiencia de negociación de deudas será el día 19 de marzo de 2026 a las 2:30Pm de manera virtual por la plataforma Google- Meet, en el siguiente enlace:
Vínculo a la videollamada: https://meet.google.com/ hje-hnnc-cys
Cual información que necesiten se pueden a los siguientes teléfonos 312 5486881 / 3045727162 o a los siguientes correos electrónicos conciliacionmanosamigas @hotmail.com
Los acreedores, personas naturales jurídicas, deberán asistir de manera virtual a la audiencia de conciliación o debidamente representados. Los representantes legales de personas jurídicas deberán acreditar su calidad con el respectivo certificado de existencia y representación legal expedido por el órgano competente.
Ordénese la inscripción de este oficio en el registro nacional de personas emplazadas.
Es importante que a esta audiencia se presenten con las pruebas que pretenda hacer valer para el reconocimiento de la obligación a su favor.
Notifíquese:
MARITZA ORTEGA RONDON
OPERADORA DE INSOLVENCIA
  • 25 Visualizaciones
Inicia sesión
Nombre de usuario
Contraseña
¿Has olvidado tu contraseña? Recordar