1558523

Número de referencia
RF777190
Titulo edicto
1558523
Texto del edicto
JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE CÚCUTA ORALIDAD
PROCESO: HIPOTECARIO.
RDO: 54001-40-22-006- 2022-00816-00.
San José de Cúcuta, diecisiete (17) de febrero de dos mil veintiséis
™Se encuentra al despacho el presente proceso HIPOTECARIO, seguido por el BANCO CAJA SOCIAL S.A.-“BCSC S.A.”, a través de apoderado judicial en contra de JUAN CARLOS BUSTOS MONTAÑEZ.
Vencido como se encuentra el término de traslado del avalúo comercial presentado por la parte demandante, al cual se corrió el respectivo traslado mediante auto de fecha 8 de septiembre de 2025(ver archivo pdf54), sin que los interesados hubieren presentado observaciones al mismo o hubieren aportado otro avalúo, el Despacho procede a impartirle su aprobación.
El Despacho luego de realizar el control de legalidad previsto en el artículo 448 del C.G.P., y de no encontrar vicio que acarree la nulidad del proceso, se dispone señalar la hora de las 9:00 a.m. del día 09 del mes de Abril de 2026, para que tenga lugar la práctica de la diligencia de remate del bien inmueble de propiedad del demandado JUAN CARLOS BUSTOS MONTAÑEZ identificado con la C.C. 88.312.797 expedida en los Patios(N. de S.), distinguido como: apartamento 803 de la torre C del edificio Conjunto Residencial Los Azafranes ubicado en la avenida 2 No. 13 A -40 del Barrio la ínsula de la actual nomenclatura urbana de Cúcuta, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No. 260-313650 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Cúcuta, cuya descripción cabida y linderos tanto particulares como generales, se encuentran consignados en la escritura Pública # 7345 del 15 de Noviembre de 2016, de la NOTARIA SEGUNDA DE CUCUTA, y que son los siguientes: El apartamento 803 de la torre C que hace parte del CONJUNTO RESIDENCIAL LOS AZAFRANES, UBICADO EN LA AVENIDA 2NUMERO 13 A 40 barrio la INSULA , CUCUTA-NORTE DE SANTANDER, ubicado en el octavo nivel de apartamentos, al cual se accede por las escaleras comunes del conjunto o por el ascensor, cuenta con un área privada construida de 56.33 metros cuadrados y un área privada de 50.08 metros cuadrados conformado por sala comedor, cocina, área de ropas, un baño social, habitación principal con baño, zona de estudio y habitación sencilla, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Inicia en línea recta en 3.22 metros, en sentido occidente oriente colindado zona verde, gira en un angula de 90 ° en 0.70 metros en sentido norte sur con zona verde,; gira nuevamente en un angula de 90° en 2.34 metros en sentido occidente oriente con zona verde; gira en un ángulo de 90° en 0.70 metros en dirección sur norte colindando con zona verde; gira nuevamente en un ángulo de 90° en 1.67 metros con zona verde; ORIENTE: Inicia en línea recta en 4.56 metros, en sentido norte sur colindando en parte con zona verde y en parte con el ascensor; gira en un ángulo de 90° en 1.52 metros en sentido oriente occidente colindando con el hall del acceso al apartamento, gira nuevamente un ángulo de 90° en 1.20 metros en sentido norte sur colindando con hall de acceso al apartamento; continúa en 3.18 metros colindando con vacío; SUR: Inicia en línea recta en 3.24 metros en dirección oriente occidente colindando con el apartamento 902C; gira en un ángulo de 90° en 0.94 metros en dirección sur norte colindando con zona verde; gira nuevamente en ángulo de 90° en 3.12 metros en dirección oriente occidente colindando con zona verde; OCCIDENTE: Inicia en línea recta en 8.00 metros de sur a norte colindando con zona verde. NADIR: Con placa de entrepiso que lo separa del apartamento 703 C con cimentación del edificio; CENIT: Con placa de entre piso que lo separa de la cubierta del edificio. Predio identificado catastralmente en mayor extensión 010503490547000 y la matrícula Inmobiliaria No. 260-313650 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Cúcuta. Coeficiente de copropiedad del 0.47%. El bien Inmueble anteriormente descrito fue adquirido por el demandado JUAN CARLOS BUSTOS MONTAÑEZ mediante compraventa V.I.S. con subsidio otorgado por Fonvivienda- DE FIDUCIARIA BOGOTA S.A. COMO VOCERA DEL FIDEICOMISO CONJUNTO RESIDENCIAL AZAFRANES mediante la escritura Pública 7345 del 15-11-2016 NOTARIA SEGUNDA DE CUCUTA.LINDEROS GENERARLES DEL CONJUNTO RESIDENCIAL LOS AZAFRANES: NORTE: Iniciando en línea recta en 7.05 metros en dirección occidente a oriente colindado hacia zona de cesión tipo I ZV1.2 (antejardín), seguido en la misma dirección en línea recta en 62,51 m con 167,32° colindando hacia zona de cesión tipo I ZV1.1(antejardín), ORIENTE: iniciando en línea recta en 119,65 m en dirección norte a sur colindando hacia lote 2, SUR: en línea recta en 91.60 m en dirección oriente a occidente colindando hacia zona de cesión tipo I ZV1.2 (antejardín), seguido en la misma dirección en línea recta en 108,84 m con 154° de inclinación colindando hacia Cesión tipo I ZV1.2 (antejardín). Predio identificado catastralmente en mayor extensión 010503490547000 .
La secuestre actuante es la señora ANDRI HAISKLIN ZAMARRAGA SILVA; C.C. 1092335470 expedida en Villa del Rosario, con lugar de notificaciones personales en la siguiente dirección: calle 3N carrera 14 No. 14-105 Villa del Rosario, teléfono: 3112487861.
Siendo base de la licitación el 70% del valor total del avalúo del bien a rematar si el postor es un tercero y el 100% del valor total del avalúo si el postor es el acreedor hipotecario, de conformidad con el artículo 468 numeral 5º del Código General del Proceso, el cual es, la suma de CIENTO CINCUENTA MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL PESOS MCTE($150.240.000,oo) que corresponde al comercial allegado por la parte demandante obrante al archivo pdf47 cual se encuentra vigente en los términos de los Decretos 1420 de 1998 artículo 19 y 1170 de 2015 artículo 2.2.2.3.1.8.
Toda persona que pretenda hacer postura deberá consignar previamente el 40% de CIENTO CINCUENTA MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL PESOS MCTE($150.240.000,oo) que corresponde al avalúo comercial allegado por considerar la parte demandante idóneo para tal efecto, en el BANCO AGRARIO DE COLOMBIA, Seccional Cúcuta, y podrá hacer postura dentro de los cinco (5) primeros días anteriores al remate (Art. 451 ibídem). Quien hiciere postura en la diligencia, además de pagar el valor del remate, pagará sobre éste un 5% más con destino al Fondo para la modernización, Descongestión, y Bienestar de la Administración de Justicia (Art. 7º de la Ley 11 de 1987, modificado por el artículo 12 de la Ley 1743 de 2014). Sin el lleno de este requisito no se dará aprobación a la diligencia respectiva.
El aviso de remate será publicado en el diario la Opinión, por una sola vez con antelación no inferior a diez días a la fecha señalada para el remate un día domingo; con la copia informal de la página del periódico, deberá allegarse un certificado de tradición y libertad del bien inmueble actualizado, expedido dentro del mes de anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate. (Art. 450 del Código General del Proceso).
Las posturas del remate deberán ser allegadas al correo institucional del despacho: jcivmcu6@cendoj.ramajudicial.gov.co
Para los fines indicados en los artículos 450,451 y 452 del C.G. del P. la subasta se desarrollará en forma virtual siguiendo las pautas fijadas en el Protocolo adoptado mediante la Circular DESAJCUC20-217, que puede consultarse siguiendo el link:
https://www.ramajudicial. gov.co/documents/18553039 /79008318/Protocolo+pa
ra+realizar+Diligencias+ de+Remate.pdf/9046d231- 5afe-4f60-9fc5-
c88fcf6588de
La plataforma utilizada será: MICROSOFT TEAMS -AUDIENCIA VIRTUAL, en el siguiente enlace:
https://teams.microsoft. com/meet/2463854760 4493?p=v5Xih5jiRqjfZ 7jpC6
Por secretaría inclúyase en el cronograma de audiencias del Juzgado, la diligencia fijada, así como copia del aviso de remate en la sección
https://publicacionesprocesales. ramajudicial.gov.co/juzgado 006 civil
municipal de Cúcuta-Remates.
Finalmente se ordena requerir a las partes para que alle
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