Número de referencia
RF285237
Titulo edicto
1558850
Texto del edicto
RAMA JUDICAL
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JUZGADO DOCE CIVIL MUNICIPAL DE CÚCUTA
NORTE DE SANTANDER
™Cúcuta, 14 de agosto de 2025.
Radicado 540014003010 20230050700
Sala: UNICA VIRTUAL
Naturaleza del proceso: EJECUTIVO GARANTIA REAL
Tipo de audiencia: AUDIENCIA REMATE
Inicio audiencia: 09:18 AM
Fin audiencia: 12:24 PM INTERVINIENTES
Juez: DR. HENRY LEONARDO SARMIENTO VILLA
Demandante: BANCOLOMBIA S.A
Apoderado dte: DRA. JENIFER OTALARA MATIZ
Email: notificacionesprometeo @aecsa.com
Demandado: ANDRES EDAURDO GUTIERREZ RENGIFO (Ausente)
Luego de realizar la conexión virtual de los intervinientes a través de la aplicación LifeSize se inició la respectiva audiencia. Lo anterior a razón de la Ley 2213 de 2022 mediante la cual se adoptó de manera permanente el Decreto 806 de 2020 y de los dispuesto por el Consejo Superior de la Judicatura mediante el Acuerdo PCSJA22-11972 adiado 30 de junio de 2022, normas en la cuales se resolvió el uso preferente de las tecnologías para el desarrollo de este tipo de audiencia.
AUDIENCIA
1. Presentación del apoderado de la parte demandante.
2. El señor Juez deja constancia que en la presente diligencia se evacuara la diligencia de REMATE que se rige bajo los contornos del articulo 452 del CGP y el protocolo circular de la dirección ejecutiva Cúcuta Rama Judicial.
3. Así mismo el señor Juez deja constancia que la secretaria del despacho realizó la publicación del auto y fecha de remate visto en PDF 024 del expediente electrónico, publicación realizada el 12 de mayo de 2025, así mismo el extremo demandante allego las publicaciones del aviso de remate de fecha 27 de julio de 2025 en el periódico la opinión y así misma constancia emitida por tal periódico; cumpliéndose así el presupuesto para dar inicio la diligencia de remate.
4. Seguido el señor Juez hace mención que acorde al articulo 451 del CGP donde se menciona que hay tiempos para que los postores hagan postura:
1. 05 días antes de la realización de la audiencia
2. Dentro de la hora siguiente de la apertura de la audiencia de Remate.
Teniendo en cuenta lo anterior el señor Juez manifiesta que NO se allego ninguna postura en la primera oportunidad mencionada ósea 5 días antes de esta fecha, por lo que se da inicio al cumplimiento de la segunda oportunidad, dando inicio al tiempo estipulado de 01 hora de espera, iniciando a las 09:24 a.m.
5. Siendo las 10:30 a.m. y habiéndose superado el tiempo establecido y no teniendo ninguna postura, por lo que el señor juez RESUELVE NO LLEVAR A CABO EL REMATE POR NO ENCONTRARSE POSTORES.
6. El señor Juez procede a reprogramar la diligencia para llevar a cabo la audiencia de REMATE para el 28 de ABRIL 2026 a las 09:00 A.M.
La diligencia comenzará a la hora indicada, siendo postura admisible la que cubra el valor del 70% del avalúo, previa consignación del 40% del avalúo del bien para hacer postura.
La oferta se presentará al correo electrónico del despacho, entendido como el jcivmcu12@cendoj.ramajudicial.gov.co, acompañada del recibo de consignación en la cuenta judicial N°540012041012 que corresponde a este despacho.
El link para acceder a la diligencia de remate podrá encontrarse el día de celebración de la diligencia, en la sección Remates, del micrositio del Juzgado, en la página de la Rama Judicial. INCLÚYASE por secretaría el aviso del remate en el micrositio web del Juzgado.
Link de conexión a la audiencia:
https://teams.microsoft. com/l/meetup-
join/19%3ameeting_NmI2 MTk3OTgtMzE0MC00M TU2LWI2NWYtZTI5ZGJk Zjg0NGFh%40thread.v2/
0?context=%7b%22Tid% 22%3a%22622cba98- 80f8-41f3-8df5-
8eb99901598b%22%2c% 22Oid%22%3a%22e77b28fb- 5bad-49e1-a7c7-ce4e7ea572bf%22%7d
De conformidad con el art. 450 del Código General del Proceso, se debe anunciar al público por parte del demandante, de la diligencia de remate, por una sola vez en el periódico La Opinión, un domingo, con una antelación no inferior a diez (10) días a la fecha indicada para la celebración de la diligencia, precisándose además que previo a la fecha y hora de la diligencia deben haberse acreditado al Despacho el cumplimiento total de los requisitos señalados en el art. 450 ibídem.
Se advierte que conforme lo previsto en el art. 452 del CGP, quien resulte favorecido con la adjudicación del bien se obliga a pagar, dentro de los cinco días siguientes al remate, la diferencia entre la postura y el valor de la adjudicación, y el impuesto del 5% con destino al fondo de modernización.
Por favor revisar el siguiente link a efectos de observar cómo se debe realizar la postura y audiencia de remate:
7. No siendo otro el objeto de la presente diligencia el señor juez la dio por concluida siendo las 10:30 a.m.
Link de diligencia para su reproducción:
El Juez,
HENRY LEONARDO SARMIENTO VILLA
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JUZGADO DOCE CIVIL MUNICIPAL DE CÚCUTA
NORTE DE SANTANDER
™Cúcuta, 14 de agosto de 2025.
Radicado 540014003010 20230050700
Sala: UNICA VIRTUAL
Naturaleza del proceso: EJECUTIVO GARANTIA REAL
Tipo de audiencia: AUDIENCIA REMATE
Inicio audiencia: 09:18 AM
Fin audiencia: 12:24 PM INTERVINIENTES
Juez: DR. HENRY LEONARDO SARMIENTO VILLA
Demandante: BANCOLOMBIA S.A
Apoderado dte: DRA. JENIFER OTALARA MATIZ
Email: notificacionesprometeo @aecsa.com
Demandado: ANDRES EDAURDO GUTIERREZ RENGIFO (Ausente)
Luego de realizar la conexión virtual de los intervinientes a través de la aplicación LifeSize se inició la respectiva audiencia. Lo anterior a razón de la Ley 2213 de 2022 mediante la cual se adoptó de manera permanente el Decreto 806 de 2020 y de los dispuesto por el Consejo Superior de la Judicatura mediante el Acuerdo PCSJA22-11972 adiado 30 de junio de 2022, normas en la cuales se resolvió el uso preferente de las tecnologías para el desarrollo de este tipo de audiencia.
AUDIENCIA
1. Presentación del apoderado de la parte demandante.
2. El señor Juez deja constancia que en la presente diligencia se evacuara la diligencia de REMATE que se rige bajo los contornos del articulo 452 del CGP y el protocolo circular de la dirección ejecutiva Cúcuta Rama Judicial.
3. Así mismo el señor Juez deja constancia que la secretaria del despacho realizó la publicación del auto y fecha de remate visto en PDF 024 del expediente electrónico, publicación realizada el 12 de mayo de 2025, así mismo el extremo demandante allego las publicaciones del aviso de remate de fecha 27 de julio de 2025 en el periódico la opinión y así misma constancia emitida por tal periódico; cumpliéndose así el presupuesto para dar inicio la diligencia de remate.
4. Seguido el señor Juez hace mención que acorde al articulo 451 del CGP donde se menciona que hay tiempos para que los postores hagan postura:
1. 05 días antes de la realización de la audiencia
2. Dentro de la hora siguiente de la apertura de la audiencia de Remate.
Teniendo en cuenta lo anterior el señor Juez manifiesta que NO se allego ninguna postura en la primera oportunidad mencionada ósea 5 días antes de esta fecha, por lo que se da inicio al cumplimiento de la segunda oportunidad, dando inicio al tiempo estipulado de 01 hora de espera, iniciando a las 09:24 a.m.
5. Siendo las 10:30 a.m. y habiéndose superado el tiempo establecido y no teniendo ninguna postura, por lo que el señor juez RESUELVE NO LLEVAR A CABO EL REMATE POR NO ENCONTRARSE POSTORES.
6. El señor Juez procede a reprogramar la diligencia para llevar a cabo la audiencia de REMATE para el 28 de ABRIL 2026 a las 09:00 A.M.
La diligencia comenzará a la hora indicada, siendo postura admisible la que cubra el valor del 70% del avalúo, previa consignación del 40% del avalúo del bien para hacer postura.
La oferta se presentará al correo electrónico del despacho, entendido como el jcivmcu12@cendoj.ramajudicial.gov.co, acompañada del recibo de consignación en la cuenta judicial N°540012041012 que corresponde a este despacho.
El link para acceder a la diligencia de remate podrá encontrarse el día de celebración de la diligencia, en la sección Remates, del micrositio del Juzgado, en la página de la Rama Judicial. INCLÚYASE por secretaría el aviso del remate en el micrositio web del Juzgado.
Link de conexión a la audiencia:
https://teams.microsoft. com/l/meetup-
join/19%3ameeting_NmI2 MTk3OTgtMzE0MC00M TU2LWI2NWYtZTI5ZGJk Zjg0NGFh%40thread.v2/
0?context=%7b%22Tid% 22%3a%22622cba98- 80f8-41f3-8df5-
8eb99901598b%22%2c% 22Oid%22%3a%22e77b28fb- 5bad-49e1-a7c7-ce4e7ea572bf%22%7d
De conformidad con el art. 450 del Código General del Proceso, se debe anunciar al público por parte del demandante, de la diligencia de remate, por una sola vez en el periódico La Opinión, un domingo, con una antelación no inferior a diez (10) días a la fecha indicada para la celebración de la diligencia, precisándose además que previo a la fecha y hora de la diligencia deben haberse acreditado al Despacho el cumplimiento total de los requisitos señalados en el art. 450 ibídem.
Se advierte que conforme lo previsto en el art. 452 del CGP, quien resulte favorecido con la adjudicación del bien se obliga a pagar, dentro de los cinco días siguientes al remate, la diferencia entre la postura y el valor de la adjudicación, y el impuesto del 5% con destino al fondo de modernización.
Por favor revisar el siguiente link a efectos de observar cómo se debe realizar la postura y audiencia de remate:
7. No siendo otro el objeto de la presente diligencia el señor juez la dio por concluida siendo las 10:30 a.m.
Link de diligencia para su reproducción:
El Juez,
HENRY LEONARDO SARMIENTO VILLA
- 35 Visualizaciones