1559050

Número de referencia
RF192511
Titulo edicto
1559050
Texto del edicto
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE CÚCUTA
™INFORMA A todas las personas que tengan derechos legítimos relacionados con el predio que se describirá, los acreedores con garantía real y otros acreedores de obligaciones relacionadas con dicho predio, así como las personas que se consideren afectadas por la suspensión de procesos y procedimientos administrativos, con el fin de que comparezcan al proceso y hagan valer sus derechos, dentro del término de quince (15) días hábiles siguientes a la última publicación que se realice de este edicto en, el diario de amplia circulación nacional El Espectador o El Tiempo, en un diario de circulación local y en una radiodifusora con alta frecuencia en el municipio de Ocaña, conforme lo normado en el literal E del artículo 86 de la Ley 1448 de 2011; siendo el último día de este lapso el término máximo para contestar la demanda y/o presentar oposiciones en los términos del artículo 88 de la Ley 1448 de 2011. Se informa que la solicitud de Restitución y Formalización de Tierras Despojadas fue admitida por este Despacho Judicial a través del auto de fecha diecinueve (19) de marzo de dos mil veintiséis (2026), correspondiéndole el radicado 540013121001- 2026-00051-00, respecto del predio urbano, con un área georreferenciada de 76,81 m2, ubicado en el municipio de Ocaña, departamento de Norte de Santander, en el barrio Santa Clara (antes Antonio Galán), con dirección carrera 48 No. 51-60, identificado con los folios de matrícula inmobiliaria 270-40234 (época de los hechos), 270-91123 y 270-91124 (actuales) de la Oficina de Instrumentos Públicos de Ocaña, y cédula catastral 54498010300000 4960006000000000. Este mismo aviso será utilizado como Informe de Acumulación Procesal, para los fines de los artículos 95 y 96 de la Ley 1448 de 2011, regulados por el Acuerdo No. PSAA13-9857 del 6 de marzo de 2013 expedido por el Consejo Superior de la Judicatura, poniéndoseles de presente a los jueces, que deberán rendir informe de su proceso en caso de coincidencia y que el incumplimiento a esta orden los hará incurrir en posible falta gravísima como se desprende de la Ley 1448 de 2011. Firmado Por: Ludwin Ricardo Blanco Rincon Secretario Juzgado De Circuito Civil 001 Especializado En Restitución De Tierras Cucuta - N. De Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación:
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Documento generado en 27/03/2026 09:37:44 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica. ramajudicial.gov.co/Firma Electronica
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