Número de referencia
RF122136
Titulo edicto
1559331
Texto del edicto
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
AVISO DE REMATE
JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE OCAÑA
J03cmpaloca@cendoj. ramajudicial.gov.co
AVISA AL PÚBLICO
™Que en el proceso EJECUTIVO CON GARANTIA REAL con radicado N°. 54-498-40-03-003- 2021- 00389-00 seguido por TITULARIZADORA COLOMBIANA S.A en contra de KELLY JOHANNA PAEZ RINCON, se señaló como fecha y hora para diligencia de remate a las dos y media de la tarde (2:30 p.m.) del día NUEVE (09) DE JUNIO DE DOS MIL VEINTISEIS (2026) sobre los siguientes bienes inmuebles:
INMUEBLES O PREDIOS URBANOS DENOMINADOS O DISTINGUIDOS COMO APARTAMENTO 202 Y GARAJE 3 UBICADOS EN LA CARRERA 38 No. 10 - 33 DEL EDIFICIO PRIMAVERA IMPERIAL DEL MUNICIPIO DE OCAÑA (NORTE DE SANTANDER).
IDENTIFICADO CON MATRÍCULA INMOBILIARIA NO. 270-57139 Y 270 - 53122 DE LA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE OCAÑA (NORTE DE SANTANDER).
El citado inmueble fue avaluado comercialmente por la suma de DOSCIENTOS UN MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA PESOS M/CTE. ($201.261.450,00), por tanto, la base para licitar será del 70% del valor total del avalúo señalado del mueble conforme lo estipulado en el artículo 448 inciso 3 del C.G.P.
Quien pretenda hacer postura deberá consignar previamente en dinero a órdenes del Juzgado del 40% del avalúo del bien, de conformidad con lo previsto en el artículo 451 del Código General del Proceso, ante la oficina del Banco Agrario de Colombia, en la cuenta No. 544982041003 y con observancia de las directrices impartidas en la parte motiva de esta providencia.
Como circunstancias especiales del remate se precisa que la Circular PCSJC21-26 de 17/11/2021 del Consejo Superior y La Circular DESAJCUC22-7 De 10/02/2022 Del Consejo Superior De La Judicatura Dirección Ejecutiva Seccional De Administración Judicial Cúcuta Norte De Santander, definieron el protocolo para realizar diligencias de esta índole a través de medios virtuales a los cuales se les hará observancia concomitantemente con los lineamientos del Código General del Proceso; y para ello se resalta que:
Para la celebración de la diligencia se hará uso de la PLATAFORMA MICROSOFT TEAMS, a cual podrán acceder las partes y los interesados (oferentes) a través del presente link o enlace:
https://teams.microsoft.com/v2/
También se precisa que las posturas u ofertas del remate serán remitidas al siguiente correo electrónico institucional designado para el efecto: 103cmpaloca@cendoj. ramajudicial.gov.co
Igualmente, la diligencia de remate aquí señalada, se llevará a cabo bajo los parámetros fijados en el Código General del Proceso y las fijadas en el protocolo para audiencias de remate Circular PCSJC21-26 DEL 17 DE NOVIEMBRE DE 2021 del consejo superior de la judicatura, el cual puede ser consultado en el link:
https://actosadministrativos. ramajudicial.gov.co/Get File.ashx?url=%7E%2 FApp_Data%2FUplo
ad%2FPCSJC21-26.pdf
Este AVISO será publicitado en todo caso, en el micrositio de la página web de la Rama Judicial designado para este despacho judicial, Sección AVISOS.
No obstante, lo anterior, en este AVISO, se puntualiza las siguientes pautas a tener en cuenta:
DEPOSITO PARA HACER POSTURA EN EL REMATE VIRTUAL:
Toda persona que pretenda hacer postura en el ‘Modulo de Subasta Judicial Virtual‘ deberá consignar en dinero, a órdenes del juzgado, y al correspondiente proceso judicial el porcentaje que se indique del avalúo del respectivo bien objeto de remate, en la forma y en la oportunidad señalada en los artículos 451 y 452 del Código General del Proceso.
POSTURA PARA EL REMATE VIRTUAL:
- Las ofertas serán reservadas y permanecerán bajo custodia del juez, en el buzón digital del despacho. En la celebración de la audiencia virtual será necesaria la presencia de los postores, que hubieren hecho ofertas.
- Para la postura en el remate virtual, la oferta deberá remitirse de forma digital, legible y debidamente suscrita; la clave será suministrada por el ofertante únicamente al Juez en el desarrollo de la audiencia virtual, en la forma y oportunidad prevista en el artículo 452 del Código General del Proceso.
- El juez o el encargado de realizar la audiencia virtual de remate abrirá la oferta digital y leerá las ofertas en la oportunidad con las formalidades y los requisitos señalados en el artículo 452 del Código General del Proceso.
- Solo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan con los siguientes requisitos y que se allegadas dentro de las oportunidades previstas en los artículos 451 y 452.
CONTENIDO DE LA POSTURA:
Todas las posturas de remate presentadas deberán contener la siguiente información:
- Bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura. Cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura.
- El monto por el que se hace postura.
- La oferta deberá estar suscrita por el interesado. Si es persona natural se deberá indicar nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de este o su la Razón Social de la entidad. Número de identificación Tributaria (NIT) nombre completo del apoderado cuando se actué por intermedio de aquel. Si es una persona jurídica deberá informar representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este.
- Copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días.
- Copia del poder y documento de identidad del apoderado, con la facultad expresa cuando se pretenda licitar o solicitar adjudicación en nombre de su representado.
- Copia del comprobante de depósito judicial para hacer la postura correspondiente en los términos previstos en el artículo 451 del Código General del Proceso
- A fin salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta digital conforme a las formalidades exigidas por el artículo 452 del Código General del Proceso, la postura electrónica y todos sus anexos, deberá constar en un único archivo PDF protegido con contraseña que le asigne el postulante. ESTE ARCHIVO DIGITAL DEBERA DENOMINARSE ‘OFERTA‘
- La oferta digital deberá remitirse única y exclusivamente, al correo designado por el despacho, centro de servicio, oficina de ejecución de sentencias o dependencias administrativas de la Rama Judicial.
LO ANTERIOR, SE HARÁ CONFORME LO ESTABLECE CIRCULAR PCSJC21-26 DE 17/11/2021 DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA Y LA CIRCULAR DESAJCUC22-7 DE 10/02/2022 DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA DIRECCIÓN EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL CÚCUTA NORTE DE SANTANDER.
Anúnciese la fecha y hora del remate por medio de este aviso que será publicado por una sola vez, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada de remate, igualmente, en un periódico de amplia circulación en la localidad, (diario La Opinión), así como en el micrositio o plataforma designada para este efecto en la Página de la Rama Judicial.
Atentamente,
KAREN VANNESA CONTRERAS NAVARRO
SECRETARIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
AVISO DE REMATE
JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE OCAÑA
J03cmpaloca@cendoj. ramajudicial.gov.co
AVISA AL PÚBLICO
™Que en el proceso EJECUTIVO CON GARANTIA REAL con radicado N°. 54-498-40-03-003- 2021- 00389-00 seguido por TITULARIZADORA COLOMBIANA S.A en contra de KELLY JOHANNA PAEZ RINCON, se señaló como fecha y hora para diligencia de remate a las dos y media de la tarde (2:30 p.m.) del día NUEVE (09) DE JUNIO DE DOS MIL VEINTISEIS (2026) sobre los siguientes bienes inmuebles:
INMUEBLES O PREDIOS URBANOS DENOMINADOS O DISTINGUIDOS COMO APARTAMENTO 202 Y GARAJE 3 UBICADOS EN LA CARRERA 38 No. 10 - 33 DEL EDIFICIO PRIMAVERA IMPERIAL DEL MUNICIPIO DE OCAÑA (NORTE DE SANTANDER).
IDENTIFICADO CON MATRÍCULA INMOBILIARIA NO. 270-57139 Y 270 - 53122 DE LA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE OCAÑA (NORTE DE SANTANDER).
El citado inmueble fue avaluado comercialmente por la suma de DOSCIENTOS UN MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA PESOS M/CTE. ($201.261.450,00), por tanto, la base para licitar será del 70% del valor total del avalúo señalado del mueble conforme lo estipulado en el artículo 448 inciso 3 del C.G.P.
Quien pretenda hacer postura deberá consignar previamente en dinero a órdenes del Juzgado del 40% del avalúo del bien, de conformidad con lo previsto en el artículo 451 del Código General del Proceso, ante la oficina del Banco Agrario de Colombia, en la cuenta No. 544982041003 y con observancia de las directrices impartidas en la parte motiva de esta providencia.
Como circunstancias especiales del remate se precisa que la Circular PCSJC21-26 de 17/11/2021 del Consejo Superior y La Circular DESAJCUC22-7 De 10/02/2022 Del Consejo Superior De La Judicatura Dirección Ejecutiva Seccional De Administración Judicial Cúcuta Norte De Santander, definieron el protocolo para realizar diligencias de esta índole a través de medios virtuales a los cuales se les hará observancia concomitantemente con los lineamientos del Código General del Proceso; y para ello se resalta que:
Para la celebración de la diligencia se hará uso de la PLATAFORMA MICROSOFT TEAMS, a cual podrán acceder las partes y los interesados (oferentes) a través del presente link o enlace:
https://teams.microsoft.com/v2/
También se precisa que las posturas u ofertas del remate serán remitidas al siguiente correo electrónico institucional designado para el efecto: 103cmpaloca@cendoj. ramajudicial.gov.co
Igualmente, la diligencia de remate aquí señalada, se llevará a cabo bajo los parámetros fijados en el Código General del Proceso y las fijadas en el protocolo para audiencias de remate Circular PCSJC21-26 DEL 17 DE NOVIEMBRE DE 2021 del consejo superior de la judicatura, el cual puede ser consultado en el link:
https://actosadministrativos. ramajudicial.gov.co/Get File.ashx?url=%7E%2 FApp_Data%2FUplo
ad%2FPCSJC21-26.pdf
Este AVISO será publicitado en todo caso, en el micrositio de la página web de la Rama Judicial designado para este despacho judicial, Sección AVISOS.
No obstante, lo anterior, en este AVISO, se puntualiza las siguientes pautas a tener en cuenta:
DEPOSITO PARA HACER POSTURA EN EL REMATE VIRTUAL:
Toda persona que pretenda hacer postura en el ‘Modulo de Subasta Judicial Virtual‘ deberá consignar en dinero, a órdenes del juzgado, y al correspondiente proceso judicial el porcentaje que se indique del avalúo del respectivo bien objeto de remate, en la forma y en la oportunidad señalada en los artículos 451 y 452 del Código General del Proceso.
POSTURA PARA EL REMATE VIRTUAL:
- Las ofertas serán reservadas y permanecerán bajo custodia del juez, en el buzón digital del despacho. En la celebración de la audiencia virtual será necesaria la presencia de los postores, que hubieren hecho ofertas.
- Para la postura en el remate virtual, la oferta deberá remitirse de forma digital, legible y debidamente suscrita; la clave será suministrada por el ofertante únicamente al Juez en el desarrollo de la audiencia virtual, en la forma y oportunidad prevista en el artículo 452 del Código General del Proceso.
- El juez o el encargado de realizar la audiencia virtual de remate abrirá la oferta digital y leerá las ofertas en la oportunidad con las formalidades y los requisitos señalados en el artículo 452 del Código General del Proceso.
- Solo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan con los siguientes requisitos y que se allegadas dentro de las oportunidades previstas en los artículos 451 y 452.
CONTENIDO DE LA POSTURA:
Todas las posturas de remate presentadas deberán contener la siguiente información:
- Bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura. Cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura.
- El monto por el que se hace postura.
- La oferta deberá estar suscrita por el interesado. Si es persona natural se deberá indicar nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de este o su la Razón Social de la entidad. Número de identificación Tributaria (NIT) nombre completo del apoderado cuando se actué por intermedio de aquel. Si es una persona jurídica deberá informar representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este.
- Copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días.
- Copia del poder y documento de identidad del apoderado, con la facultad expresa cuando se pretenda licitar o solicitar adjudicación en nombre de su representado.
- Copia del comprobante de depósito judicial para hacer la postura correspondiente en los términos previstos en el artículo 451 del Código General del Proceso
- A fin salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta digital conforme a las formalidades exigidas por el artículo 452 del Código General del Proceso, la postura electrónica y todos sus anexos, deberá constar en un único archivo PDF protegido con contraseña que le asigne el postulante. ESTE ARCHIVO DIGITAL DEBERA DENOMINARSE ‘OFERTA‘
- La oferta digital deberá remitirse única y exclusivamente, al correo designado por el despacho, centro de servicio, oficina de ejecución de sentencias o dependencias administrativas de la Rama Judicial.
LO ANTERIOR, SE HARÁ CONFORME LO ESTABLECE CIRCULAR PCSJC21-26 DE 17/11/2021 DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA Y LA CIRCULAR DESAJCUC22-7 DE 10/02/2022 DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA DIRECCIÓN EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL CÚCUTA NORTE DE SANTANDER.
Anúnciese la fecha y hora del remate por medio de este aviso que será publicado por una sola vez, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada de remate, igualmente, en un periódico de amplia circulación en la localidad, (diario La Opinión), así como en el micrositio o plataforma designada para este efecto en la Página de la Rama Judicial.
Atentamente,
KAREN VANNESA CONTRERAS NAVARRO
SECRETARIA
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