1559745

Número de referencia
RF616315
Titulo edicto
1559745
Texto del edicto
JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE OCAÑA
Rama Judicial del Poder Público
Consejo Superior de la Judicatura
Consejo de Estado
Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo
AVISA:
™A la comunidad en general del MUNICIPIO DE OCAÑA (NORTE DE SANTANDER), que de conformidad con los artículos 18, 21, 53 y siguientes de la Ley 472 de 1998, y los artículos 144 inciso 3° y 161 numeral 4° del C.P.A.C.A., se ADMITIÓ el MEDIO DE CONTROL DE PROTECCIÓN DE DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS con radicado No. 544983333001-2026-00101-00, promovido por el señor JUAN CARLOS ALBARRACÍN MUÑOZ contra el MUNICIPIO DE OCAÑA, por la presunta vulneración de los derechos colectivos de: “EL GOCE DEL ESPACIO PÚBLICO Y LA UTILIZACIÓN Y DEFENSA DE LOS BIENES DE USO PÚBLICO, LA DEFENSA DEL PATRIMONIO PÚBLICO, LA SEGURIDAD Y SALUBRIDAD PÚBLICAS, LA ACCESIBILIDAD AL MEDIO FÍSICO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y MOVILIDAD REDUCIDA, Y LA REALIZACIÓN DE CONSTRUCCIONES URBANAS RESPETANDO LAS NORMAS JURÍDICAS, DE MANERA ORDENADA Y CON PREVALENCIA DEL INTERÉS GENERAL Y LA CALIDAD DE VIDA”, por la presunta omisión en la construcción y adecuación de andenes, vados accesibles y sistemas podotáctiles en la Calle 7, sector Los Antillos, y en la vía que comunica la Calle 6A con la Carrera 12 del municipio de Ocaña.
En síntesis, se elevan las siguientes pretensiones:
PRIMERO: AMPARAR los derechos e intereses colectivos vulnerados en los sectores de la Calle 7 sector Los Antillos y la vía que comunica la Calle 6A con la Carrera 12 del municipio de Ocaña (Norte de Santander).
SEGUNDO: ORDENAR al MUNICIPIO DE OCAÑA adelantar las obras y actuaciones administrativas necesarias para instalar la losa podotáctil (losa guía) en los tramos faltantes de la Calle 7 sector Los Antillos; construir los vados accesibles en las intersecciones correspondientes; construir los andenes, instalar la losa podotáctil y los vados accesibles en la vía que comunica la Calle 6A con la Carrera 12; y adecuar el espacio público conforme a las normas NTC 5610, NTC 6047, Decreto 1538 de 2005 y Ley 1618 de 2013.
TERCERO: CONDENAR en costas y agencias en derecho a la parte demandada, conforme a la normativa aplicable.
Con el fin indicado se libra el presente AVISO para informar a los miembros de la comunidad la decisión admisoria, de conformidad con el artículo 21 de la Ley 472 de 1998, y para su publicación en el micrositio web del despacho judicial y en las páginas oficiales y no oficiales del MUNICIPIO DE OCAÑA por un término no inferior a diez (10) días, con la respectiva constancia de divulgación.
Se expide en Ocaña, a los veintisiete (27) días del mes de marzo de dos mil veintiséis (2026).
SECRETARÍA
JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE OCAÑA
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