1559833

Número de referencia
RF123547
Titulo edicto
1559833
Texto del edicto
JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE CÚCUTA ORALIDAD
AVISO DE REMATE
El suscrito Secretario del Juzgado Sexto Civil Municipal de Oralidad de Cúcuta, Norte de Santander HACE SABER:
™Que dentro del proceso Hipotecario radicado al No. 54001-4003-006-2018-00431-00 demandante : OLGER GARCIA VELAQUEZ, actuando por intermedio de su Apoderado judicial, en contra de ANTONIO JOSE RAMIREZ CORREA, se ha señalado la hora de las 9:00 a.m. del día 16 del mes de Julio de 2026, para que tenga lugar la práctica de la diligencia de remate del bien inmueble distinguido como: Apartamento 101 del edificio LOS CONQUISTADORES, ubicado en la avenida 3E No. 3AN -18 de la Urbanización la Ceiba de esta Ciudad, el cual consta de un(1) piso, una cocina, un garaje, 1 patio, cuatro habitaciones, tres baños, pavimentos exteriores en asfalto, muros de ladrillo, cubierta de placa de concreto, demarcado por los siguientes linderos: NORTE: En 10 metros con propiedad común del edificio pasillo de circulación; SUR: En 11,25 metros con la calle 3AN; ORIENTE: En 12,85 metros con la avenida 3E; y OCCIDENTE: En 12,85 metros con propiedad del Doctor Luis Evelio Peña Cruz y 9.85 metros con antejardín general que separa el edificio con parte de la propiedad del Doctor Luis Evelio Peña Cruz. NADIR Con piso del edificio; CENIT: Con apartamento 201 del segundo piso, la altura entre el piso y la placa del segundo piso es de 2.45 metros le corresponde un coeficiente del 12.02% . LINDEROS GENERALES DEL EDFICIO: NORTE: Con la calle 4N; SUR: Con la calle 3AN; ORIENTE: Con la avenida 3 este; OCCIDENTE: Con casa de propiedad del Doctor Ramón Rosas Sayago y con casa de propiedad del Doctor Luis Evelio Peña Cruz. Cedula catastral 010603070011901 y el folio de matrícula inmobiliaria No. 260-11909.
Según el numeral 6º de la escritura de hipoteca No. 3.541 de fecha 15 de junio de 2012 de la Notaría Segunda el Círculo de Cúcuta, el gravamen hipotecario comprende todas las mejoras y anexidades que el reciba a futuro, lo mismo que las pensiones e indemnizaciones abarcadas por ella conforme a lo dispuesto en el artículo 2446 del Código Civil.
El bien inmueble(apartamento 102 del edificio LOS CONQUISTADORES, ubicado en la avenida 3E No. 3AN-18 de la Urbanización la Ceiba de esta Ciudad), fue adquirido por el deudor hipotecante conforme a los términos de la escritura pública 1.251 del 13 de Junio de 2023 otorgada en la Notaría Quinta del Circulo de Cúcuta, debidamente inscrita en la oficina de registro de instrumentos Públicos bajo el folio de matrícula inmobiliaria No. 260-11909 anotación No. 23.
La secuestre es la señora MARIA CONSUELO CRUZ, identificada con la C.C. 60.304.044 de Cúcuta, con lugar de notificaciones personales en la siguiente dirección: Avenida 4 No. 7-47 centro de Cúcuta, teléfonos: 5711217 y celular 3143183528 correo electrónico: macon6070@hotmail.com
Siendo base de la licitación el 70% del valor total del avalúo del bien a rematar(apartamento 102 del edificio LOS CONQUISTADORES, ubicado en la avenida 3E No. 3AN-18 de la Urbanización la Ceiba de esta Ciudad) si el postor es un tercero y el 100% del valor total del avalúo si el postor es el acreedor hipotecario, de conformidad con el artículo 468 numeral 5º del Código General del Proceso, el cual es, la suma de DOSCIENTOS CUARENTA y SEIS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA y SIETE PESOS MCT($$246.387.000,oo), que corresponde al avalúo catastral($164.258.000,oo) incrementado en un 50% el cual se encuentra vigente en los términos de los Decretos 1420 de 1998 artículo 19 y 1170 de 2015 artículo 2.2.2.3.18..
Toda persona que pretenda hacer postura deberá consignar previamente el 40% de DOSCIENTOS CUARENTA y SEIS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA y SIETE PESOS MCT($$246.387.000,oo), que corresponde al avalúo catastral incrementado en un 50% en el BANCO AGRARIO DE COLOMBIA, Seccional Cúcuta, y podrá hacer postura dentro de los cinco (5) primeros días anteriores al remate (Art. 451 ibídem). Quien hiciere postura en la diligencia, además de pagar el valor del remate, pagará sobre éste un 5% más con destino al Fondo para la modernización, Descongestión, y Bienestar de la Administración de Justicia (Art. 7º de la Ley 11 de 1987, modificado por el artículo 12 de la Ley 1743 de 2014). Sin el lleno de este requisito no se dará aprobación a la diligencia respectiva.
El aviso de remate será publicado en el diario la Opinión, por una sola vez con antelación no inferior a diez días a la fecha señalada para el remate un día domingo; con la copia informal de la página del periódico, deberá allegarse un certificado de tradición y libertad del bien inmueble actualizado, expedido dentro del mes de anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate. (Art. 450 del Código General del Proceso).
Las posturas del remate deberán ser allegadas al correo institucional del despacho:
jcivmcu6@cendoj. ramajudicial.gov.co
Para los fines indicados en los artículos 450,451 y 452 del C.G. del P. la subasta se desarrollará en forma virtual siguiendo las pautas fijadas en el Protocolo adoptado mediante la Circular DESAJCUC20-217, que puede consultarse siguiendo el link:
https://www.ramajudicial.gov. co/documents/18553039/ 79008318/Protocolo+para+ realizar+Diligencias+de+ Remate.pdf/9046d231- 5afe-4f60-9fc5-c88fcf6588de
La plataforma utilizada será: MICROSOFT TEAMS -AUDIENCIA VIRTUAL, en el siguiente enlace: https://teams.microsoft.com/ meet/268623060588223?p =ul5Z4aaJtXZpWVrZ8h Por secretaría inclúyase en el cronograma de audiencias del Juzgado, la diligencia fijada, así como copia del aviso de remate en la sección https://publicacionesprocesales.ramajudicial.gov.co/juzgado 006 civil municipal de Cúcuta-Remates.
San José de Cúcuta, 21 de mayo de 2026.
El Secretario,
CESAR DARIO SOTO MELO.
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