1560007

Número de referencia
RF482146
Titulo edicto
1560007
Texto del edicto
REPÚBLICA DE COLOMBIA
™DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE CÚCUTA Distrito Judicial de Cúcuta AVISO DE REMATE dentro del proceso EJECUTIVO DE MÍNIMA CUANTÍA, Radicado No. 54001402200 120140053100, promovido por ALEXIS ALFONSO MÉNDEZ DÍAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.469.599, contra JULIO HERNANDO PACHÓN RODRÍGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 17.020.137, y MARÍA DEL CARMEN TARAZONA YÁÑEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 37.245.571, mediante auto de fecha 6 de febrero de 2026 se señaló el día: TRES (03) DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026), A LAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (8:30 A.M.) para llevar a cabo, de manera virtual, la diligencia de remate del siguiente bien inmueble, previamente embargado, secuestrado y avaluado, de propiedad de la demandada MARÍA DEL CARMEN TARAZONA YÁÑEZ: Bien inmueble Casa ubicada en la Calle 18 Avenida 5 y 6, Conjunto Habitacional Blanco, Barrio La Libertad, identificada con matrícula inmobiliaria No. 260-242646, avaluada en la suma de CINCUENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL PESOS M/CTE ($55.794.000). Actúa como secuestre la señora MARÍA CONSUELO CRUZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 60.304.044, quien atenderá lo relacionado con la exhibición del inmueble. Las posturas deberán remitirse exclusivamente al correo electrónico institucional del Juzgado: jcivmcul@cendoj.ramajudicial.gov.co La diligencia de remate se desarrollará de manera virtual mediante la plataforma institucional Microsoft Teams, ingresando al siguiente enlace:
https://teams.microsoft.com/ l/meetup-
join/19%3ameeting_NGM xMjVjZTktMTIyNC00 MjllL WIxY2QtZmE4YTA2 YzEzMjYz%40
thread.v2/0?context=%7b% 22Tid%22%3a%22622 cba98-80f8-41f3-8df5-
8eb99901598b% 22%2c%22Oid%22% 3a%22011a624f-05e5- 4823-a572-
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La diligencia se realizará conforme a lo previsto en los artículos 450, 451 y 452 del Código General del Proceso y bajo los lineamientos establecidos en el Protocolo para Diligencias Virtuales de Remate, adoptado mediante la Circular DESAJCUC20-217, autorizada por el Consejo Superior de la Judicatura mediante Oficio PCSJO22-213 de 25 de abril de 2022, el cual puede ser consultado en https://tribunalsuperior decucuta.gov.co/2020/ 11/30/protocolo- para- diligencias-virtuales- de-remate/ La base de la licitación será el SETENTA POR CIENTO (70%) del avalúo del inmueble. Todo postor deberá consignar previamente el CUARENTA POR CIENTO (40%) del avalúo, a órdenes del Juzgado Primero Civil Municipal de Cúcuta, en la cuenta de depósitos judiciales No. 540012041001 del Banco Agrario de Colombia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 451 del Código General del Proceso. La licitación iniciará a la hora señalada y no se cerrará sino después de transcurrida, por lo menos, una (1) hora desde su apertura. El remate se anunciará al público mediante publicación por una sola vez en un periódico de amplia circulación, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha de la diligencia. Con la constancia de publicación deberá allegarse el certificado de libertad y tradición del inmueble expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para el remate, conforme a lo establecido en el artículo 450 del Código General del Proceso. Se advierte que quien resulte adjudicatario deberá consignar el saldo del precio dentro de los cinco (5) días siguientes a la diligencia y cancelar el impuesto del cinco por ciento (5%) con destino al Fondo para la Modernización, Descongestión y Bienestar de la Administración de Justicia, en los términos del artículo 452 del Código General del Proceso.
Atentamente ALEXIS ALFONSO MÉNDEZ DÍAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.469.599
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