1560341

Número de referencia
RF133027
Titulo edicto
1560341
Texto del edicto
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO DISTRITO JUDICIAL DE CUCUTA
JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE CUCUTA NORTE DE SANTANDER
AVISO DE REMATE
AVISA AL PÚBLICO:
™Que dentro del proceso EJECUTIVO radicado con el No 54-001-40-03-002-2018-01197-00 instaurado por EDIFICIO CENTRO QUINCE, siendo demandado YANETH OLIVA RAMIREZ MONTOYA, se fija el día_VEINTISIETE_(_27_)_ DE_NOVIEMBRE_DE_DOS_MIL_VEINTISEIS (2026) A LAS_8:00_A.M. como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia virtual de remate del bien inmueble ubicado en la Calle 15 Esquina de la avenida 0 No. 0-31 Local No. 7 Edificio Centro Quince Barrio La Playa - Caobos de esta ciudad, e identificado con el folio de matrícula inmobiliaria N° 260-127857, de propiedad de la demandada YANETH OLIVA RAMIREZ MONTOYA identificada con la cédula de ciudadanía No. 60.289.730. Bien Inmueble a cargo de la secuestre MARTHA PATRICIA LOBO GONZALEZ residente en Sierra Nevada Casa D23 Bocono Villa del Rosario, celular: 310-8732710, según acta de secuestro. El inmueble fue avaluado por la suma de NOVENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS VEINTIOCHO MIL PESOS ($98.628.000), y será postura admisible la que cubra por lo menos el SETENTA por ciento (70%) del avaluó, por ende, la base para licitar es de SESENTA Y NUEVE MILLONES TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS PESOS ($69.039.600,00). Quien pretenda hacer postura deberá consignar previamente en dinero, a órdenes de este Juzgado, el 40% del total del avalúo, esto es la suma de TREINTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS PESOS ($39.459.200,00.). Para hacer postura, el interesado deberá tener en cuenta las pautas contenidas en la Circular DESAJCUC22-7 del 10 de febrero de 2022 por el Consejo Seccional de la Judicatura -Norte de Santander y la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial de Cúcuta, quien determinó se puede seguir aplicando el Módulo de Subasta Virtual Local previsto en el ‘PROTOCOLO DE PRESENTACIÓN DIGITAL DE POSTURAS PARA AUDIENCIAS DE REMATES‘, que fue adoptado mediante la CircularDESAJCUC20-217 de 12 de noviembre de 2020. En la postura electrónica se deberá informar el número telefónico de contacto y/o cuentas de correo electrónico alternativas con el propósito de verificar la información relativa a la oferta. Se advierte que sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los Artículos 451 y 452 del Código General del Proceso: 1. ASUNTO: El mensaje de datos con fines de postura que sea remitido vía correo electrónico deberá indicar en el asunto el número del radicado del proceso (23 dígitos). 2. ANEXO: A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta como ‘un sobre cerrado‘ bajo los parámetros del Artículo 452 del Código General del Proceso, la postura electrónica y todos sus anexos, deberán adjuntarse al mensaje de correo en un único archivo PDF protegido con contraseña, archivo que deberá denominarse ‘OFERTA‘. La contraseña para abrir el documento, se le solicitará al postor durante el desarrollo de la diligencia de remate, y en caso de no asistir a la audiencia virtual se comunicará al número telefónico de contacto y/o cuenta de correo electrónico suministrados para ese efecto. Las posturas del remata deberán ser allegadas al correo institucional del despacho jcivmcu2@cendoj. ramajudicial.gov.co
A la diligencia de remate se podrá acceder a través del siguiente link: 54001400300220180119700 | Reunión- Unirse | Microsoft Teams
El protocolo para las audiencias de remate, puede ser consultado a través del siguiente link: https://www.ramajudicial.gov. co/documents/18524645/ 79009183/Protocolo+para+ realizar +Diligencias+de+Remate. pdf/950be9e5-e128-4646- 8207-1763a473984f
San José de Cúcuta, 30 de julio de 2026.
Firmado Por:
Melissa Ivette Paternina Vera
Secretaria
Juzgado Municipal
Civil 002
Cucuta - N. De Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación:
26365c789369054da 32bcd042e1d9a1c1465be992 ae5ca470a09ec4d6dda2578
Documento generado en 30/07/2026 10:24:17 AM
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