1561421

Número de referencia
RF841551
Titulo edicto
1561421
Texto del edicto
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
DISTRITO JUDICIAL DE CUCUTA- NORTE DE SANTANDER
AVISO DE REMATE
EL JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE CUCUTA
Avenida GRANCOLOMBIA Palacio de Justicia
AVISA AL PÚBLICO
™Que en el proceso EJECUTIVO SINGULAR radicado bajo el No. 54001-400-3001-2012-00201-00 instaurado por CONDOMINIO EDIFICIO COLEGIO MÉDICO en contra de SEGUROS MEDICOS VOLUNTARIOS hoy JOHAN ALEXIS LIZCANO LINDARTE - cesionario, se ha señalado la siguiente hora y fecha: 2:30 de la tarde del día 17 DE NOVIEMBRE DE 2026 para llevar a cabo la diligencia de remate del siguiente inmueble:
- Inmueble identificado con la matrícula inmobiliaria No. 260-18735 corresponde a la oficina 803 del piso 8 del Edificio Colegio Médico de Norte de Santander, ubicado en la avenida Cero con calle 11, esquina del centro de Cúcuta, Calle 11 No. 0-28, cuya descripción, cabida y linderos constan en la Escritura pública No. 754 de abril 29 de 1980 de la Notaría Segunda de Cúcuta, el área del predio es de 58.64 metros cuadrados, y un coeficiente de copropiedad de 1.41%.
- El Inmueble esta avaluado por la suma de $142.650.000, será postura admisible como base de la licitación la que cubra el 70% de este avalúo.
- Quien pretenda hacer postura deberá consignar previamente en dinero, a órdenes del JUZGADO PRIMERO CIVIL DE CUCUTA, la suma del 40% del avalúo de conformidad con lo reglado en el artículo 451 del C.G.P., en el número de cuenta 540012041001 del Banco Agrario de Colombia.
Y la postura deberá hacerse conforme lo disponen los artículos 448, 451 del Código General del Proceso. La licitación empezará a la hora señalada y no se cerrará sino transcurrida una (1) hora por lo menos; las posturas u ofertas deberá se allegadas a través del correo electrónico institucional del Juzgado: jcivmcu1@cendoj. ramajudicial.gov.co
Se advierte que al tenor de lo previsto en el artículo 452 del Código General del Proceso, quien resulte favorecido con la adjudicación del bien se obliga a pagar dentro de los 5 días siguientes al remate, la diferencia entre la postura y el valor de la adjudicación y el impuesto del 5% con destino al Fondo de Modernización que para tal fin tiene el Banco Agrario de Colombia.
Para los fines indicados en los artículos 450, 451 y 452 del C.G del P. la subasta de desarrollará de forma virtual siguiendo las pautas fijadas en el Protocolo adoptado mediante Circular DESAJCUC20-217, que puede consultarse siguiendo el link:
https://tribunalsuperior decucuta.gov.co/2020/ 11/30/protocolo-para- diligencias-virtuales- de-remate/
Teniendo en cuenta que el Consejo Superior de la Judicatura mediante oficio PCSJO22-213 de abril 25 de 2022 autorizó el uso de dicho protocolo.
La plataforma utilizada será la institucional Microsoft Teams, siguiendo el enlace:
https://teams.microsoft. com/meet/237420036795647? p=0KzoDlxywquqI8Jo74
Finalmente se comunica que actúa como secuestre María Consuelo Cruz cédula 60.304.044 (Av. 4 No. 7-41 el Centro de esta ciudad)
KAREN BIBIANA MORA VILLAN
Email: karenn_mora@hotmail.com
Apoderada del CESIONARIO
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